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DUETE, NESTOR ALEJANDRO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA - DTO 380/17 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó la incorporación de los suplementos “PADO” y “Zona” creados por el Decreto N° 380/17 al haber mensual con carácter remunerativo y bonificable. La Cámara hizo lugar a la apelación, revocó la sentencia de grado e incorporó dichos suplementos al haber mensual, fijando retroactividades con prescripción bienal, intereses según tasa pasiva publicada por el BCRA y costas a cargo de la demandada.

Pado Zona Decreto 380/17 Remunerativo Bonificable Retroactividades Prescripcion bienal Tasa de interes pasiva bcra Costas Camara contencioso administrativo federal


¿Quién es el actor?

DUETE, Nestor Alejandro (parte actora).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Policía Federal Argentina / Ministerio de Seguridad (EN
- M SEGURIDAD
- PFA).
- Objeto de la demanda: incorporación al haber mensual, con carácter remunerativo y bonificable, de los suplementos “PADO” y “Zona” creados por el Decreto N° 380/17; cobro de retroactividades e intereses; distribución de costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte actora y revocó la sentencia de primera instancia en cuanto rechazó la incorporación de los suplementos “PADO” y “Zona”, ordenando que se incorporen al haber mensual del accionante con carácter remunerativo y bonificable; estableció el cómputo de las retroactividades aplicando el plazo bienal de prescripción (art. 2562 CCCN); aplicó a las diferencias salariales la tasa de interés pasiva que mensualmente publica el BCRA (art. 10 Decreto Nº 941/91 y Comunicación Nº 14.290 BCRA); e impuso las costas de ambas instancias a cargo de la demandada por resultar vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): III.
- "Respecto al carácter con que corresponde computar el suplemento “PADO”, esta Sala se ha pronunciado en una causa sustancialmente análoga a la presente ... donde se ha reconocido el carácter remunerativo y bonificable de dicha asignación. ... Por otro lado, en cuanto al suplemento por “Zona”, cabe recordar que esta Sala ha reconocido su carácter remunerativo y bonificable, en virtud de los fundamentos expuestos por la mayoría, en el precedente 'Pintos Ramírez, Claudio Arnaldo ...' (causa Nº 894/2021), sentencia del 24/02/2022, los que corresponde tener por reproducidos por razones de brevedad..." IV.
- "Que las retroactividades devengadas por lo percibido en menos deberán ser computadas con aplicación del plazo de prescripción de dos años establecido en el artículo 2562 del Código Civil y Comercial (CCCN), desde la fecha de interposición de la demanda (22/10/2021) -por aplicación del artículo 2537 de esa normativa
- y, además, a dichas sumas se les deberá aplicar la tasa de interés pasiva -conf. art. 10 del Decreto Nº 941/91 y Comunicación Nº 14.290 BCRA-..." V.
- "Que finalmente, atento al modo en que se decide y debido a que la accionada ha resultado vencida en el pleito, corresponde revocar la sentencia apelada en lo que respecta a la forma en que fueron distribuidas las costas del proceso y fijarlas a cargo de la parte demandada en ambas instancias (art. 68, primer párrafo, del CPCCN)."
- Votos y disidencias: El voto que expone los fundamentos corresponde al Dr. Guillermo F. Treacy; el Dr. Pablo Gallegos Fedriani adhiere. No consta disidencia.

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