COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL c/ EN-ANSES-CIRCULAR 6/21 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El Colegio Público de Abogados de la CABA impugnó las Circulares DPAyT 6/21 y 32/21 de ANSES que reglamentan el trámite de pago de honorarios judiciales vía SIEEL-Atención Virtual. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó la acción declarativa de inconstitucionalidad, considerando legitimada la potestad reglamentaria de ANSES y la razonabilidad de la normativa con arreglo a la ley 24.241 y la 27.423.
¿Quién es el actor?
Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: acción declarativa de inconstitucionalidad, como proceso colectivo, contra la Circular DPAyT Nº 06/21 y su reemplazo DPAyT Nº 32/21 que regulan el procedimiento para solicitar el pago de obligaciones judiciales no previsionales, costas judiciales de procesos previsionales y pago de honorarios dispuestos por sentencia mediante la herramienta SIEEL-Atención Virtual.
¿Qué se resolvió?
se rechazó el recurso de apelación y, en consecuencia, se confirmó la sentencia apelada que había rechazado la acción declarativa de inconstitucionalidad, con imposición de costas a la actora.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
"Por las razones expuestas, VOTO por que se rechace el recurso interpuesto y, en consecuencia, se confirme la sentencia apelada, con costas."
"Habiendo, entonces, sido descartados todos los cuestionamientos que sustentan el memorial en trato, no cabe sino el rechazo del recurso incoado y la confirmación del pronunciamiento apelado."
Además, el Tribunal sostuvo que "la última parte del art. 36 prevé, en relación a las potestades expresamente mencionadas en dicha norma, que '[e]sta enumeración es meramente enunciativa, pudiendo el citado organismo realizar todas aquellas funciones no especificadas que hagan al normal ejercicio de sus facultades de administración del Sistema Unico de Seguridad Social'." Asimismo, citó que para la actora "no se ha demostrado de manera concreta y suficiente que la regulación del trámite de cobro de honorarios ante la ANSES se haya asentado en criterios o pautas irrazonables." Se incorporó además el criterio del Fiscal: los agravios "no han podido precisar en concreto cuál es el gravamen irreparable que le produce a los letrados atenerse al trámite impuesto por esas circulares...".
- Disidencias: no se registra disidencia en la parte resolutiva; el Dr. Sergio Gustavo Fernández adhirió al voto y la acordada fue suscripta por el Dr. Jorge Eduardo Morán en los términos indicados por vacancia de cargos.
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