Logo

GARBOCCI, OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) solicitando la recalculación del haber y diferencias por movilidad correspondientes a prestaciones concedidas bajo la ley 24.241. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, ordenó el pago del haber recalculado y las diferencias retroactivas conforme las pautas fijadas, impuso las costas a ANSeS y difirió la regulación de honorarios.

Anses Reajustes Movilidad Ley 24.241 Pbu Prestacion compensatoria Retroactivos Prescripcion (art. 82 ley 18.037) Costas Interes bcra


¿Quién es el actor?

GARBOCCI, OSCAR CARLOS.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber inicial y liquidación de diferencias por movilidad y retroactivos derivados de la determinación del beneficio previsional (PBU, PC, PAP) otorgado bajo la ley 24.241, con petición de correcta liquidación y movilidad.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda de GARBOCCI, OSCAR CARLOS, y se ordenó a ANSeS proceder al pago del haber recalculado y de las diferencias retroactivas conforme las pautas fijadas en los considerandos; se impusieron las costas a la demandada; se difirió la regulación de honorarios por ausencia de base arancelaria; y se ordenó registrar y notificar electrónicamente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes):
- "EL Sr. GARBOCCI, OSCAR CARLOS comparece por apoderado, y promueve demanda ordinaria en los términos del art. 15 de la ley 24463, e impugna la resolución administrativa mediante la cual se le deniega el reajuste de su haber y la movilidad correspondiente."
- "Así recalculado el haber inicial -en ningún caso podrá resultar una suma inferior a la efectivamente percibida, y la mayor de ambas será la base de la movilidad a calcular."
- "MOVILIDAD: ... deberá estarse a lo dispuesto por las leyes 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609 y, sus demás normas reglamentarias y eventuales modificaciones."
- "Al ser el reclamo de fecha 18/07/2018 corresponde entonces, liquidar tales diferencias por reajuste desde el 18/07/2016 y hasta el momento del efectivo pago, debiendo descontarse los pagos realizados en el marco de la ley 27260 si los hubiere."
- "La suma resultante generará un interés de tasa pasiva promedio que mensualmente publica el B.C.R.A (conf C.S., Fallos 325:1185; 327:1343 327:3721, Varani de Arizzi, Bonafine de fecha 14/9/93, así como la causa “Spitale” del 14/09/04)."
- Sobre costas y honorarios: "Por ello RESUELVO: I) Hacer lugar a la demanda ... II) Imponer las costas a la demandada. III) Atento la ausencia de base arancelaria, ... he de diferir la regulación de honorarios de los profesionales para su oportunidad..."
- Disidencias: No hay votos ni disidencias consignadas; la sentencia es de un/a Juez/a de primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar