Incidente Nº 1 - ACTOR: CARDOZO FERNANDEZ CALISTRA s/BENEF. DE LITIGAR S/G
Incidente por beneficio de litigar sin gastos solicitado ex post sentencia; la Cámara rechazó el planteo por presentado con posterioridad a las oportunidades previstas en el art. 84 del CPCCN y confirmó la resolución de primera instancia. El tribunal sostuvo que, aun admitiendo una interpretación amplia del art. 78, la concesión o denegación del beneficio debe decidirse antes del dictado de la sentencia definitiva del principal.
¿Quién es el actor?
Cardozo Fernández Calistra.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio del Interior
- Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg).
- Objeto de la demanda: Incidente por concesión del beneficio de litigar sin gastos (beneficio de litigar sin gastos).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el incidente porque fue iniciado con posterioridad a las oportunidades previstas por el art. 84 del CPCCN y luego del dictado de la sentencia definitiva en la causa principal (tanto de grado como de esta Alzada), por lo que se confirmó la resolución apelada. No se imponen costas de Alzada por no mediar intervención de la contraria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes):
- "Que, en primer lugar, corresponde señalar que en el marco de la causa principal, Nº 30073/2007... con fecha 04 de abril de 2022 se dictó sentencia definitiva en instancia de grado, la cual fue confirmada por este Tribunal el 15 de diciembre de 2022... El recurso extraordinario deducido contra esta última fue rechazado en fecha 08/08/2024 y, el 16/08/2024 la actora presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema... desestimado el 16/09/2025. Asimismo, cabe observar que el presente beneficio fue iniciado por la actora con fecha 15 de marzo de 2023... y que en la promoción del mismo no fueron alegadas circunstancias sobrevinientes."
- "Que, en tales términos, debe repararse que, en virtud de lo dispuesto por los arts. 78 y 84 del Código Procesal, el beneficio de litigar sin gastos podrá ser requerido en 'cualquier estado del proceso', es decir que, en el mejor de los casos, su procedencia se encuentra condicionada a que sea peticionado '... en forma previa al dictado de la sentencia de primera instancia; mas no en un proceso ya concluido' (cfr. Sala III... causa Nº 29988/2013, sentencia del 10/04/2014...)."
- "Por ello, toda vez que el presente incidente ha sido iniciado no sólo con posterioridad a las oportunidades previstas por el art. 84 del CPCCN, sino también luego del dictado de la sentencia definitiva en los autos principales... corresponde rechazar el recurso de apelación deducido y, en consecuencia, confirmar la resolución apelada. Sin costas de Alzada, por no haber mediado intervención de la contraria (art. 68, segundo párrafo, del CPCCN)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución final es la de la mayoría que suscriben los Dres. Treacy y Gallegos Fedriani.
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