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LISCA, ADRIAN ALEJANDRO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El letrado Dr. Alberto César Muiños solicitó la actualización de las sumas depositadas por honorarios profesionales regulados. La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo (Sala V) rechazó su pedido y sostuvo que el pago del 23/11/2023 realizado conforme a la Resolución SGA Nº 2722/23 produjo efecto liberatorio, por lo que no corresponde aplicar la posterior Resolución 3369/23.

Uma Honorarios profesionales Actualizacion Pago liberatorio Resolucion sga 2722/23 Resolucion sga 3369/23 Ley 27.423 Articulo 867 cccn Contencioso administrativo federal Ministerio de seguridad / pfa.


¿Quién es el actor?

Dr. Alberto César Muiños (letrado recurrente).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad / PFA (parte demandada que efectuó el pago).
- Objeto de la demanda: actualización y complemento del pago de honorarios profesionales regulados (cálculo de UMA aplicable y pago de IVA/actualización respecto del depósito practicado el 23/11/2023).

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el planteo de actualización formulado por el Dr. Muiños y otorgó efectos liberatorios al pago efectuado el 23/11/2023, realizado conforme al valor de la UMA fijado por la Resolución SGA Nº 2722/23; en consecuencia, no corresponde aplicar retroactivamente la Resolución SGA Nº 3369/23 para incrementar la suma depositada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "El artículo 51 de la Ley n° 27.423 establece que: '…El pago será definitivo y cancelatorio únicamente si se abona la cantidad de moneda de curso legal que resulte equivalente a la cantidad de UMA contenidas en la resolución regulatoria, según su valor vigente al momento del pago'." "Por lo tanto, para que el depósito efectuado por la obligada al pago cumpla con el requisito de identidad exigido en el artículo 867 del Código Civil y Comercial de la Nación -necesario para considerar que el pago fue efectuado como liberatorio de la obligación asumida-, el obligado al pago debe abonar la suma de moneda nacional que surja de la multiplicación de las UMAs reguladas por su valor vigente al momento del pago..." "Así las cosas y conforme surge de las constancias de la causa se advierte que, al momento en que la parte demandada procedió a dar en pago las sumas adeudadas ... -23/11/2023 ...
- se encontraba vigente la Resolución nº 2722/23 -del 12 de octubre de 2023
- que fijó el valor de la UMA en la suma de $25.373 ... por lo que corresponde reputar que la parte deudora satisfizo la prestación ... y las condiciones de identidad, integridad y oportunidad." "Es por ello que cabe otorgarle efectos liberatorios al pago efectuado por la demandada a fs. 306 respecto de los honorarios regulados al Dr. Alberto César Muiños; lo que constituye para el que cumplió la obligación un derecho que cuenta con la protección constitucional de la propiedad, y que, por consiguiente enerva toda reclamación sobre la cuestión en que ese pago se hizo (cfr. Fallos: 269:261)." "Sobre este punto, cabe aclarar que el efecto cancelatorio y liberatorio del pago de los honorarios efectuado en los términos indicados precedentemente no se ve afectado por la eventual modificación retroactiva del valor de la UMA ... toda vez que una razonable interpretación de la norma, a la luz de la pauta general del artículo 7 del CCCN, autoriza a considerar que sus efectos alcanzan de modo inmediato a 'las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes' a la fecha de su entrada en vigencia, pero no así a aquellas relaciones jurídicas que se encontraban ya finiquitadas."
- Votos en disidencia: No se registra voto en disidencia en la parte dispositiva pertinente.

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