C, F O c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
Amparo de salud por provisión de medicación (Edavarone) para paciente con Esclerosis Lateral Amiotrófica. El Juzgado Federal N°1 hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a OSDE que en tres días de notificado brinde cobertura integral de Edavarone (Edaracut®) 30 mg ampollas x 10 13 cajas en total según prescripción de la médica tratante, por considerarse acreditada la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.
¿Quién es el actor?
C., F. O. (amparista).
¿A quién se demanda?
OSDE (obra social/entidad prestadora).
- Objeto de la demanda: Amparo de salud solicitando cobertura integral de la medicación Edavarone (Edaracut®) 30 mg ampollas x 10, 13 cajas en total, prescrita por la médica tratante para el tratamiento de Esclerosis Lateral Amiotrófica.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la medida cautelar solicitada y se ordenó a OSDE que, en el término de tres días de notificado, brinde cobertura integral de la medicación prescripta ("Edavarone (Edaracut®) 30 mg ampollas x 10 13 cajas en total"), en las dosis y por el tiempo que indique la médica tratante; notifíquese con copia del dictamen del Cuerpo Médico Forense y líbrese oficio habilitando días y horas inhábiles (art. 400 CPCC).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"en materia de medidas cautelares, especialmente en el ámbito de las relacionadas con la protección de la salud, se debe aplicar un criterio amplio, siendo preferible el exceso en admitirlas que la parquedad en negarlas... y por cuya razón no corresponde extremar recaudos a los fines de la acreditación sumaria de la verosimilitud del derecho invocado" (citas a jurisprudencia).
"del relato efectuado en el escrito de inicio y documentación agregada en autos, surge que, en la especie, podría verse comprometido el derecho a la salud del amparista, que tiene raigambre constitucional, lo cual justifica la necesidad de una protección judicial rápida y eficaz" .
El Juzgado ponderó el dictamen del Cuerpo Médico Forense del 18.03.25: "...el Edavarone es una droga autorizada en nuestro país a través del ANMAT y en este caso en particular, las características clínicas del paciente según constancias seria candidato a recibir el tratamiento indicado por su diagnóstico y status evolutivo por lo que la indicación del médico tratante impresiona adecuada..." y que "...corresponde aclarar que al momento actual no existen tratamientos alternativos disponibles al edaravone..." (valor probatorio del dictamen oficial).
Asimismo destacó la acreditación de la negativa de la accionada a brindar la cobertura y el peligro en la demora dada la imposibilidad alegada del actor de asumir el costo y la gravedad de la enfermedad (Esclerosis Lateral Amiotrófica).
No obra en autos disidencia; la decisión es la expuesta en el dispositivo.
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