SIEEMSHCHIKOVA, KSENIIA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización de ciudadana nacida en Rusia; el Juzgado concedió la nacionalidad argentina condicionada al juramento de fidelidad y a la obligación de enrolarse en el plazo legal, ordenando las comunicaciones administrativas pertinentes.
¿Quién es el actor?
Kseniia SIEEMSHCHIKOVA.
¿A quién se demanda?
Estado nacional (actuación judicial de trámite de naturalización contra la administración pública).
- Objeto de la demanda: solicitud de carta de ciudadanía argentina por naturalización.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se concedió la ciudadanía argentina por naturalización a Kseniia Sieemshchikova, nacida el 30 de enero de 1996 en Kolpino, San Petersburgo, Rusia, con Pasaporte N° 760936259, a quien se le extenderá el título respectivo, condicionando la concesión al juramento de fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes y haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año (art. 35 ley 17.671, texto según ley 22.435). Se ordenó registrar, notificar al Fiscal Federal, y comunicar la decisión a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110 ley 25.871) y al Ministerio de Relaciones y Culto de la Nación, y oportunamente archivar.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Que en autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la ley 346 y su decreto reglamentario 3.213/84, para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina."
"Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal, y atento la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionaria, RESUELVO: conceder el honor de la ciudadanía argentina por naturalización a Kseniia SIEEMSHCHIKOVA, nacida en Kolpino, San Petersburgo, Rusia, el 30 de enero de 1996, con Pasaporte N° 76 0936259, hija de Andrei SHAMAEV y de Liudmila SHAMAEVA, a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento del artículo 35 de la ley 17.671 (texto según ley 22.435) a partir de la fecha del juramento."
"Regístrese, notifíquese, al Sr. Fiscal Federal mediante cédula electrónica, comuníquese a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110 de la ley 25.871) y al Ministerio de Relaciones y Culto de la Nación, a fin de que por la vía pertinente, comunique la concesión de la nacionalidad argentina al país de origen de la interesada y, oportunamente, ARCHÍVESE."
- No existen votos en disidencia en el expediente; la resolución se dicta por el Juzgado de Primera Instancia conforme a lo expuesto.
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