IACOMINI, SERGIO DANIEL c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor impugnó la aplicación del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales contra la AFIP. La Cámara desestimó en lo principal los agravios de la demandada, confirmó la declaración de inconstitucionalidad y el reintegro ordenado en primera instancia, pero hizo lugar parcialmente a los agravios en cuanto a costas e intereses, distribuyendo las costas en el orden causado y fijando pautas para el cálculo de intereses.
¿Quién es el actor?
Sergio Daniel Iacomini.
¿A quién se demanda?
EN
- Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Objeto de la demanda: Se solicitó declarar la inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c; 79 inc. b) y e) (c); 81 y 90 de la ley 20.628 y sus complementarias, por la aplicación del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales; cese de retenciones y reintegro de sumas indebidamente retenidas con intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó los agravios de la parte demandada, con excepción de las costas y de los intereses; además, distribuyó las costas de ambas instancias en el orden causado. (Se atendió y revocó el agravio relativo a costas e intereses conforme a los considerandos IX y X, y se ordenó la registración y notificación correspondiente).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
— "Que referentemente a los intereses debe establecerse las siguientes pautas:
(i) Los intereses deben ser calculados desde la fecha de interposición de la demanda (el 3 de octubre de 2022) en los términos del artículo 179 de la ley 11.683, dado que el actor fue dispensado de seguir la vía procedimental prevista en el artículo 81 de la referida ley al haberse habilitado la instancia judicial sin el reclamo administrativo previo que esa norma prevé (esta sala, causa 915/2021 'Grin, Roberto c/ EN-AFIP-DGI s/ proceso de conocimiento', pronunciamiento del 5 de abril de 2022).
(ii) La tasa que corresponde aplicar a las sumas cuyo reintegro aquí se reconoce es la que está prevista en el artículo 4° de las resoluciones 559/2022 y 3/2024 (Ministerio de Economía); y en el artículo 3 de las resoluciones nºs 199/2025 y 823/2025 (Ministerio de Economía), según la vigencia temporal de esas normas (ver el artículo 9° de la resolución n° 559/2022, el artículo 10 de la resolución n° 3/2024, el artículo 6° de la resolución n° 199/2025 y el artículo 5° de la resolución n° 823/2025)."
— "Que acerca de las costas del proceso, en numerosos casos, esta sala, a partir del precedente 'García, María Isabel' (Fallos: 342:411), distribuyó las costas en el orden causado y justificó el apartamiento del principio objetivo de la derrota (ver las causas citadas en los considerandos VI y VII; y las causas 15580/2020 'Montesinos, María Teresa c/ EN-AFIP s/ proceso de conocimiento' y 17030/2020 'Aldorino, Alberto Ignacio y otros c/ EN-AFIP s/proceso de conocimiento', pronunciamientos del 8 de abril de 2021 y del 22 de febrero de 2022, respectivamente, y sus citas)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en la parte dispositiva final; la decisión consagrada fue suscripta por dos integrantes de la sala por hallarse vacante el tercer cargo.
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