Incidente Nº 1 - ACTOR: VICENTIN SAIC (TF 21826141-I) DEMANDADO: AFIP (DGI) s/BENEF. DE LITIGAR S/G
Vicentin SAIC solicitó reducción de la tasa de actuación por hallarse en concurso preventivo. La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la decisión de la Sala B del Tribunal Fiscal de la Nación que negó la reducción, por no existir elementos que acrediten la imposibilidad de pago.
¿Quién es el actor?
VICENTIN SAIC (TF 21826141-I).
¿A quién se demanda?
AFIP (DGI).
- Objeto de la demanda: solicitud de reducción de la tasa de actuación conforme al artículo 9° de la Ley N° 25.964, por hallarse la actora en concurso preventivo (beneficio de litigar).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y se confirmó el pronunciamiento de la Sala B del Tribunal Fiscal de la Nación que denegó la reducción de la tasa de actuación, con costas en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En tal sentido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido reiteradamente que: '[e]l hecho imponible que origina la obligación de pagar tal tributo es la prestación de un servicio por parte del órgano jurisdiccional respecto de la pretensión deducida y pesa sobre quien inicia las actuaciones la carga de afrontarla' (cfr. Fallos: 320:2375; 321:1888; 330:547; 332:2735; entre otros)."
"Ahora bien, la solicitud de reducción, con base en lo estipulado en el último párrafo del artículo 9 de la Ley N° 25.964, resulta una facultad optativa que el mentado organismo debe evaluar. En efecto, no se soslaya que la norma citada prevé: '(…) [e]n el supuesto de litigantes concursados civil o comercialmente, la tasa por actuaciones que corresponda a dicha parte podrá ser reducida hasta en un cincuenta por ciento (50%).'"
"En este contexto, cabe señalar que la reducción que autoriza el mentado artículo 9º de la Ley Nº 25.964 no es automática debido a que la presentación en concurso del solicitante no implica la reducción de la tasa de actuación de pleno derecho ... dado que el Tribunal Fiscal de la Nación se ha expedido concretamente sobre el punto ... no existen elementos que impidan considerar que la accionante esta imposibilitada de realizar el pago de la tasa de actuación, por lo que corresponde desestimar el planteo formulado al respecto."
- Disidencias: no se registra voto en disidencia en el acto resolutorio consignado.
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