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RUIZ BASTIDAS, JOSE MIGUEL s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía de José Miguel Ruiz Bastidas; el Juzgado declaró procedente la petición y declaró ciudadano argentino al solicitante, condicionando la entrega del título a la jura de fidelidad y advirtiendo la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y la posibilidad de cancelación por fraude según el art. 15 del Decreto 3213/84.

Ciudadania Carta de ciudadania Nacionalidad Decreto 3213/84 Enrolamiento Jura de fidelidad Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Ministerio publico fiscal Juzgado civil y comercial federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: JOSE MIGUEL RUIZ BASTIDAS (solicitante de carta de ciudadanía). Demandado: Estado Nacional (trámite ante el Juzgado Civil y Comercial Federal 4; intervención del Ministerio Público Fiscal consignada en autos). Objeto: Solicitud de concesión de carta de ciudadanía argentina. Decisión: Se hizo lugar a la solicitud: se declaró ciudadano argentino a JOSE MIGUEL RUIZ BASTIDAS (DNI 95.892.804), se ordenó la extensión del título respectivo condicionada a que jure fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes, se le informó la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y se advirtió que, de constatarse con posterioridad algún impedimento legal, corresponderá la cancelación de la ciudadanía conforme al art. 15 del Decreto 3213/84. Asimismo, se ordenaron las comunicaciones al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral-Registro de Cartas de Ciudadanía, a la Dirección Nacional de Migraciones y al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; notifíquese al Sr. Fiscal Federal y archívese.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcripos tal cual aparecen en la sentencia): "Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina." "Por ello, teniendo en cuenta la expresa intervención del Ministerio Público Fiscal en fecha 20/02/2026 y habida cuenta la manifestación de voluntad expuesta por la persona peticionante en el formulario de fs. 9, RESUELVO: Declarar ciudadano argentino a JOSE MIGUEL RUIZ BASTIDAS, D.N.I. Nº 95.892.804, nacido el 8 de julio de 1990, en Libertador, Mérida, República Bolivariana de Venezuela, de nacionalidad venezolana, hijo de Alan Manuel RUIZ SILVA (padre) y de Luz Mary BASTIDAS GIL (madre), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y que, en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina, la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84, que determinará la cancelación de la ciudadanía, por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el acto resolutorio.

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