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CASTRO, JORGE DAMIAN c/ TRANSPORTE AUTOMOTRES PLUSMAR S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Reclamó indemnización por daños y perjuicios derivados de una agresión sufrida en la terminal de ómnibus de Retiro. El Juzgado Nacional en lo Civil N°1 rechazó la demanda por falta de legitimación activa del actor conforme al régimen vigente (ley 26.994 y art.1092 CCCN) y condenó al actor al pago de costas y honorarios.

Danos y perjuicios Legitimacion activa Consumidor expuesto Ley 26.994 Art.1092 cccn Responsabilidad por falta de seguridad Costas Honorarios Transporte Terminal de omnibus.


¿Quién es el actor?

Sr. Jorge Damián Castro.
- Demandados: Transportes Automotores Plusmar S.A. y Teba S.A.; citadas en garantía Federación Patronal Seguros S.A. y Escudo Seguros S.A.; tercero citado: Diop Serigne Mansour Sy.
- Objeto de la demanda: Resarcimiento por daños y perjuicios (daño físico, gastos médicos, daño moral, daño psicológico, lucro cesante) por lesión (cabezazo con corte de 4 cm) sufrida en la madrugada del 3/1/2017 en la terminal de Retiro. Monto total reclamado $830.000.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda por falta de legitimación activa del Sr. Castro para accionar contra las empresas demandadas, con costas al actor. Se regularon y condenaron a cargo de las partes los honorarios detallados de los profesionales y peritos, y se ordenó la notificación y retiro de documentales dentro de los cinco días de firmeza.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "La modificación normativa que he explicado determina que el Sr. Castro careciera, dentro del esquema normativo de protección de los derechos de los consumidores y usuarios, de legitimación activa para demandar a las empresas contra las que dirigió la acción." "Lo expuesto impone el rechazo de la demanda por falta de legitimación activa del demandado para reclamar como lo hizo." "En la causa penal se estableció ya, a favor del Sr. Castro, el resarcimiento a cargo del agresor, Sr. Diop Mansour, que fue quien creó la situación de peligro." Además, el juez consignó pruebas de la investigación penal y declaraciones testimoniales que muestran la intervención policial y la rápida contención del incidente, concluyendo: "De lo expuesto no surgen elementos idóneos para establecer algún grado de legitimación del demandante para reclamar contra las demandadas por el hecho cometido por el Sr. Mansour."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; se trata de sentencia de primera instancia dictada por el juez titular.

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