MORENCIO LEGOBURU, LORENA c/ METROVIAS SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora demandó a la empresa de subterráneos por daños sufridos al ser golpeada por las puertas del tren. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda, al entender que la conducta imprudente de la víctima fue la causa del siniestro.
Daños y perjuicios por lesiones sufridas al intentar subir a un tren del subte
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda, confirmando la sentencia de primera instancia.
Fundamentos principales:
- El art. 1757 del CCyC establece que basta que la víctima pruebe la relación jurídica y el daño durante el transporte, correspondiendo a la empresa transportista probar la causa ajena.
- Sin embargo, la conducta imprudente de la actora al intentar subrir cuando las puertas estaban cerrando, operó como un obstáculo insalvable que exime de responsabilidad a la demandada.
- El video aportado muestra que la señal lumínica de cierre de puertas funcionaba correctamente, y que fue la actora quien intentó abordar apresuradamente el tren.
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