L., G. R. c/ E., J. A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.
La demandante promovió juicio por daños y perjuicios derivados de una cirugía de cesárea. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y confirmó la responsabilidad de la obra social y el policlínico, pero redujo los montos indemnizatorios.
¿Quién es el actor?
G. R. L.
- Demandados: J. Á. E., O. S. de la U. O. M. de la República Argentina (OSUOM) y P. R. A. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por quemaduras sufridas durante una cirugía de cesárea.
¿Qué se resolvió?
Se confirma la responsabilidad de OSUOM y P. R. A. S.A. por el vicio del electrobisturí utilizado, pero se reducen los montos indemnizatorios fijados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que el electrobisturí utilizado durante la intervención presentaba un vicio que causó las quemaduras sufridas por la actora.
- Si bien OSUOM no era dueña ni guardiana del electrobisturí, se la consideró responsable por incumplir su obligación de prestar un servicio médico eficiente.
- El hecho no constituyó un caso fortuito, ya que las fallas del instrumento eran un riesgo propio de la actividad desarrollada.
- Respecto a los intereses, se aplicará la tasa activa fijada en el fallo plenario "Samudio de Martínez".
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: