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GALEANO, SANTIAGO NICOLAS c/ EN-M SEGURIDAD-PSA-DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Pedido de regulación de honorarios por actuación en juicio contra EN-M SEGURIDAD-PSA. La Cámara Federal —Sala V— confirmó la regulación practicada y fijó los honorarios del letrado patrocinante en 10,5 UMAs ($971.061), por considerarlos practicados conforme a derecho.

Regulacion de honorarios Uma Honorarios profesionales Camara federal sala v Confirmacion Liquidacion 2/10/2025 Iva Ley 27423 Resol. sga 538/2026 En-m seguridad-psa


¿Quién es el actor?

GALEANO, SANTIAGO NICOLAS.

¿A quién se demanda?

EN-M SEGURIDAD-PSA (relacionado con DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG).
- Objeto de la demanda: regulación de honorarios profesionales y su aprobación.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la regulación de honorarios de fecha 31/10/2025 y, por la labor desarrollada ante la Alzada, se fijaron los honorarios del Dr. Alfredo H. Olmos en 10,5 UMAs, equivalentes al día de la firma a $971.061; se aclaró que el IVA no está incluido y deberá ser depositado si corresponde.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio (ver liquidación aprobada el 2/10/2025), corresponde CONFIRMAR la regulación de honorarios de fecha 31/10/2025, toda vez que la misma ha sido practicada conforme a derecho (conf. arts. 16, 19, 21, 24, 29, 51 y ccdtes. de la ley 27423 y Resol. SGA 538/2026)." "Asimismo, por la labor desarrollada ante esta Alzada, corresponde fijar los honorarios del Dr. Alfredo H. OLMOS -como letrado patrocinante y apoderado de la parte actora
- en 10.5 UMAs, que equivale -al día de la fecha
- a la suma de $971.061 (conf. Arts. 16, 19, 29, 30, 51 y ccdtes. de la ley 27423 y Resol. SGA 538/2026)." "Cabe dejar aclarado que en los importes establecidos precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realice el beneficiario
- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago."
- No constan votos en disidencia en el dispositivo; la resolución aparece adoptada por la mayoría que firma la sentencia.

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