ARCA c/ PATIÑO FEDERICO EMANUEL s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Ejecución fiscal promovida por ARCA (ex AFIP) contra Patiño por $17.949.463,90. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución y habilitó a la AFIP para su cobranza, imponiendo costas a la demandada y ordenando medidas cautelares complementarias en caso de insuficiencia de embargos.
¿Quién es el actor?
ARCA (Ex A.F.I.P.), representante del fisco.
¿A quién se demanda?
PATIÑO, FEDERICO EMANUEL.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma de $17.949.463,9 correspondiente a la boleta de deuda agregada en autos.
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución contra el demandado y se habilitó a la Administración Federal de Ingresos Públicos para llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital indicado más intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se autorizó la traba de inhibición general de bienes si resultara negativo o insuficiente el embargo bancario; se ordenó que, de resultar positivo el embargo bancario, la ejecutante solicite la imputación de fondos en cinco días; y se dispondrá la liquidación de la deuda por la AFIP, con posibilidad de impugnación administrativa en cinco días ante el Tribunal.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Las presentes actuaciones caratuladas “ARCA c/ PATIÑO FEDERICO EMANUEL s/EJECUCION FISCAL
- ARCA (Ex A.F.I.P.)”, Expediente Nº34601/2025, venidas a despacho para resolver la ejecución fiscal promovida por ARCA en contra de PATIÑO FEDERICO EMANUEL por la suma de $17949463.9 correspondiente a los conceptos que surgen de la boleta de deuda agregada en autos."
"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar a cabo la ejecución en contra del demandado."
"II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia en los términos y modalidad requeridos por la ejecutante..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la decisión consignada es la que resolvió el Magistrado a fs. finales.
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