PUCHE RAMIREZ, AURIS BETSADIA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía por extranjera nacida en Venezuela; el juez declaró a la peticionaria ciudadana argentina y ordenó la expedición de la carta de ciudadanía condicionada al juramento de fidelidad y al cumplimiento del deber de enrolamiento. La resolución consideró que no existen impedimentos legales ni variación en su situación migratoria y afirmó que se oficiará a los organismos competentes.
¿Quién es el actor?
Auris Betsadia Puche Ramírez (peticionaria).
¿A quién se demanda?
No hay parte demandada; se trata de un trámite de solicitud de carta de ciudadanía dirigido al Juzgado.
- Objeto de la demanda: Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía (expte. 5371/2025).
¿Qué se resolvió?
Se declaró ciudadana argentina a Auris Betsadia Puche Ramírez, se ordenó la expedición de la carta de ciudadanía y los oficios correspondientes al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones, se le informó sobre la posible pérdida de la nacionalidad anterior y la obligación de enrolarse en el plazo de un año bajo apercibimiento de multa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes relevantes):
"En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
"Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona."
Disposiciones del fallo (texto transcripto): "1.
- Declarar ciudadana argentina a AURIS BETSADIA PUCHE RAMIREZ, nacida el 23 DE MAYO DE 1988 en MARACAIBO, ESTADO ZULIA, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA... siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)."
Se aclara que no existe disidencia en la resolución: la parte resolutiva consignada es la decisión del juzgado.
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