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LE ROSE, ISABEL s/SUCESION AB-INTESTATO

Sucesión ab-intestato vinculada por bienes comunes; el Juzgado 70 se inhibió y remitió las actuaciones al Juzgado Civil n° 103 por conexidad y economía procesal. El Tribunal entendió que corresponde que un mismo juez conozca ambas sucesiones cuando existen bienes comunes y aún no se ha realizado la partición.

Sucesion ab-intestato Inhibicion Remision de autos Conexidad Bienes comunes Particion Economia procesal Juzgado civil n? 103 Declaratoria de herederos Jueza subrogante

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: LE ROSE, ISABEL (autos caratulados "LE ROSE, ISABEL s/SUCESION AB-INTESTATO"). Demandado: (No surge un demandado concreto en la resolución; se trata de actuaciones sucesorias vinculadas con la sucesión de Miguel Aloe, tramitada en el Juzgado Civil n° 103). Objeto: Trámites de sucesión ab-intestato y la división/partición del acervo hereditario, con bienes comunes entre la causante y el cónyuge (Miguel Aloe); no habiéndose realizado la partición. Decisión: El Juzgado Civil n° 70 se inhibió de entender en las presentes actuaciones y dispuso su remisión al Juzgado Civil n° 103, serviendo la presente de atenta nota de envío.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes): "CERTIFICO: Que de la compulsa del sistema informático surge que ante el Juzgado Civil n° 103 tramitan los autos 'Aloe, Miguel s/sucesión ab-intestato' (n° 40382/2015), de los que surge que Miguel Aloe era cónyuge de la causante de estas actuaciones. Que el acervo hereditario es el mismo; que a fs. 60 se ha dictado declaratoria de herederos siendo de cujus heredera en cuanto a los bienes propios sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda a los gananciales junto con sus hijas Myriam Elisa y Viviana Noemí Aloe y Le Rose (cfr. fs. 60 de dichas actuaciones) y que no se ha arribado a un acuerdo particionario." "Reiterada jurisprudencia ha sostenido que es conveniente que el Juez que interviene en la sucesión de uno de los cónyuges lo haga también en la del entonces supérstite, sobre todo cuando existen bienes comunes y aun no se ha realizado la partición." "Se trata de un supuesto de sucesiones vinculadas, cuyo sustento reside, además de las manifiestas razones de conexidad, en importantes motivos de economía procesal ya que es conveniente que un mismo juez entienda en la división y liquidación de bienes comunes (Conf. Morello Cgo. Procesal comentado, pág. 117 y sig, pág. 169, T. IX-A 2da. edic., año 1999, Edit. Abeledo Perrot)." "En consecuencia, RESUELVO: inhibirme de entender en las presentes actuaciones y disponer su remisión al Juzgado Civil n° 103, sirviendo la presente de atenta nota de envío. Regístrese. -"
- Votos en disidencia: No consta disidencia; resolución firmada por la Jueza Subrogante M. Pilar Rebaudi Basavilbaso.

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