REYNA, MIGUEL FEDERICO c/ ANSES s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION
Amparo por mora contra ANSES; el Juzgado Federal aclaró la resolución de fecha 11/05/2026 y corrigió por error material el monto aprobado, fijando honorarios e intereses en $33.285,88 al 27/04/2026.
¿Quién es el actor?
REYNA, MIGUEL FEDERICO.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Amparo por mora de la administración.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la aclaratoria de la resolución de fecha 11/05/2026 para subsanar un error material en el decisorio, reemplazando el monto consignado por "cuatro mil ciento setenta y uno con 13/100 ($4.171,13)" por "TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($33.285,88) en concepto de honorarios e intereses al 27/04/2026". Asimismo, se ordenó protocolizar y hacer saber la aclaración.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
"I) Que de conformidad a las previsiones del Art. 166 del C.P.C.C.N., la aclaratoria de la resolución de aprobación de fecha 11/05/2026 deviene procedente. Ello así, por cuanto por un error material involuntario en dicha resolución, se consignó erróneamente el monto a aprobar. Por lo cual, en el Considerando No. II) y en el Resuelvo No. 1) donde dice: 'cuatro mil ciento setenta y uno con 13/100 ($4.171,13) en concepto de honorarios e intereses al 27/04/2026' deberá leerse 'TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($33.285,88) en concepto de honorarios e intereses al 27/04/2026'."
"Por lo expuesto, RESUELVO: 1) Aclarar la resolución de fecha 11/05/2026 y en consecuencia subsanar el error material en el que se ha incurrido en el decisorio referenciado. Razón por la cual, en el Considerando No. II) y en el Resuelvo No. 1) donde dice: 'cuatro mil ciento setenta y uno con 13/100 ($4.171,13) en concepto de honorarios e intereses al 27/04/2026' deberá leerse 'TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($33.285,88) en concepto de honorarios e intereses al 27/04/2026' 2) Protocolícese y hágase saber."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia consignados en el expediente.
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