VORONIN, ALEKSANDR s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía de ALEKSANDR VORONIN para obtener la nacionalidad argentina. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 hizo lugar a la petición y declaró a Voronin ciudadano argentino, condicionando la expedición del título al juramento de fidelidad y advirtiendo sobre la obligación de enrolarse en el plazo de un año y las consecuencias en caso de ocultamiento o fraude.
Actor: ALEKSANDR VORONIN. Demandado: Estado Nacional (trámite contra la Administración para la concesión de la ciudadanía argentina). Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía argentina (expte. 8536/2025).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido y se declaró ciudadano argentino a ALEKSANDR VORONIN, con la expedición del título correspondiente condicionada al juramento de fidelidad a la República Argentina y la obligación de enrolarse en el plazo de un año, advirtiéndose además sobre la posible pérdida de la nacionalidad anterior y la cancelación por fraude u ocultamiento conforme al Decreto 3213/84; ofíciese al RENAPER, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones; comuníquese a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"I.
- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si el peticionario se encuentra comprendido en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
"II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona, RESUELVO: ..." (continúa con el dispositivo que declara la ciudadanía y las advertencias sobre pérdida de la nacionalidad anterior y cancelación por fraude u ocultamiento conforme art. 15 del Decreto 3213/84).
Disidencias: No se consignan votos en disidencia; la resolución es dictada por el Juzgado de Primera Instancia y firmada por el Juez Federal Gonzalo Auguste.
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