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MATUTE MALPICA, PEDRO ALFONSO s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

El solicitante pidió la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización. El Juzgado Federal N°1 de Córdoba otorgó la ciudadanía por naturalización y emplazó al peticionante a identificarse como argentino naturalizado en el plazo de un año, ordenando las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones y al Registro Nacional de las Personas.

Naturalizacion Ciudadania argentina Carta de ciudadania Ley 24.533 Identificacion Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Juzgado federal cordoba Ley 346 Tramite administrativo


¿Quién es el actor?

MATUTE MALPICA, PEDRO ALFONSO (peticionante).

¿A quién se demanda?

(no consta litis contra particular; actuación administrativa dirigida a la concesión de la ciudadanía).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización presentada el 08/05/2024, acreditando nacimiento en Barcelona, Estado Azoategui, Venezuela, el 14/02/1988, y la identidad y antecedentes exigidos por la normativa.

¿Qué se resolvió?

Se otorgó la ciudadanía argentina por naturalización a Pedro Alfonso Matute Malpica; se lo emplazó a identificarse como argentino naturalizado en el plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la resolución, y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." "II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución fue firmada por el Juez de 1ra instancia.

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