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ARCA c/ GUIDONI ARIEL CHRISTIAN s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por ARCA (ex AFIP) contra Guidoni Ariel Christian por deuda tributaria. El Juzgado Federal de Bahía Blanca declaró la causa de remate y ordenó continuar la ejecución hasta que ARCA obtenga el pago íntegro del capital reclamado de $6.051.689,36, más intereses, gastos y costas, disponiendo además la regulación de honorarios según normativa aplicable.

Ejecucion fiscal Remate Afip Arca Deuda tributaria Apercibimiento art.41 cpccn Honorarios Cpc y c arts. 542 551 558 Bahia blanca Monto $6.051.689 36


¿Quién es el actor?

FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA).

¿A quién se demanda?

GUIDONI ARIEL CHRISTIAN.
- Objeto de la demanda: ejecución fiscal por el cobro de capital reclamado por $6.051.689,36, con sus intereses, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

se declaró la causa de remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora ARCA obtenga del demandado el íntegro pago del capital reclamado de $6.051.689,36, sus intereses, gastos y costas; se reguló la tramitación de honorarios conforme a la normativa indicada y se hizo efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN. Se ordenó notificar a la actora por Secretaría, quedando a su cargo notificar a la contraria, y se ordenó la publicación (Acordada CSJN N° 10/2025).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes): "Agréguese y téngase presente lo expuesto por la actora en los términos de la ley 11.683: 92." "No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar." "En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y 558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA) se haga del demandado -GUIDONI ARIEL CHRISTIAN-, íntegro pago del capital reclamado de $ 6051689.36, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)." "En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP." "Hágase efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN." (No se registran votos en disidencia en el texto analizado.)

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