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ALZATE PEREZ, YESENIA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía presentada por Yesenia Alzate Pérez: el Juzgado declaró concedida la ciudadanía argentina. El tribunal indicó que la peticionaria reúne las condiciones constitucionales y legales y ordenó expedir la carta de ciudadanía y notificar a los organismos pertinentes.

Ciudadania argentina Carta de ciudadania Decreto 3213/84 Enrolamiento Perdida de nacionalidad Cancelacion por fraude Registro nacional de las personas Tramite administrativo judicializado Estado nacional Situacion migratoria regular

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Yesenia Alzate Perez, peticionaria de la carta de ciudadanía. Demandado: Estado nacional (trámite administrativo judicializado ante el Juzgado Civil y Comercial Federal n.º 10); intervención del Ministerio Público Fiscal. Objeto: Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la correspondiente carta de ciudadanía. Decisión: Se hizo lugar a la petición y se declaró ciudadana argentina a YESENIA ALZATE PEREZ, con imposición de prestar juramento de fidelidad a la República, obligación de enrolamiento dentro del plazo de 1 año y apercibimiento de multa; además se ordenó comunicar la concesión a los organismos indicados y a su país de origen, y expedir la carta de ciudadanía.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos/textos relevantes del fallo): "En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada." "Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio." "II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona," Además, se consignó la advertencia sobre consecuencias internacionales: "la concesión de la nacionalidad argentina podría importar -según el tradicional principio de unicidad de nacionalidad del derecho internacional público
- la pérdida de su nacionalidad anterior" y la previsión de cancelación por fraude: "en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el artículo 15 del Decreto 3213/84 que determina la cancelación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención."
- Disidencias: no registra voto en disidencia; la resolución fue dictada por el Juez de primera instancia.

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