GILLIERI, ROBERTO ALFREDO JOSE c/ OSDE Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986
Amparo por mantenimiento de afiliación a obra social y devolución de descuentos por obra social. El Juzgado Federal hizo lugar al amparo, ordenó a OSDE mantener la afiliación en las mismas condiciones que en actividad, ordenó a ANSES derivar los aportes a OSDE y a PAMI abstenerse de recibirlos, e impuso la devolución de los descuentos practicados por obra social.
¿Quién es el actor?
Roberto Alfredo José Gillieri.
- Demandados: Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE); Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES); Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para que OSDE mantenga la afiliación del actor y su grupo familiar en el mismo plan y condiciones que tenía en actividad; unificación del CODEM y derivación completa del descuento de la jubilación a OSDE por parte de ANSES/PAMI; devolución de sumas descontadas del haber jubilatorio en concepto de obra social (se reclamaron $3.368.806,44 según el escrito inicial).
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar al amparo. Se ordenó a OSDE mantener la afiliación del amparista en las mismas condiciones que tenía cuando se encontraba en actividad, debiendo el actor cubrir la diferencia entre los aportes que se le deduzcan de sus haberes jubilatorios y el valor del plan; se ordenó a PAMI que, dentro de 48 horas de notificada, arbitre los medios necesarios para no recibir los aportes del Sr. Gillieri; se ordenó a ANSES derivar la totalidad de los aportes de obra social del haber jubilatorio del actor a OSDE; y se ordenó la devolución de las sumas descontadas de los haberes jubilatorios del amparista en concepto de obra social. Se impusieron costas a OSDE, PAMI y ANSES y se regularon honorarios en 12 UMA ($1.224.912).
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
"De las constancias probatorias ... surge acreditado que Roberto Alfredo José Gillieri es afiliado a OSDE, plan 410, junto a su cónyuge Martha Beatriz Medina ... que de sus haberes jubilatorios se realiza un descuento en concepto de obra social que es derivado a PAMI ... y que no se encuentra afiliado a PAMI (constancia de afiliación negativa del 11/05/2026)."
"Del mismo modo, también resulta arbitrario el proceder de ANSES que derivó los aportes retenidos del haber de la accionante en concepto de obra social a PAMI sin arbitrar los medios necesarios para que continúe como beneficiario en las mismas condiciones que tenía cuando se encontraba en actividad, siendo que ya había tomado conocimiento de la opción ejercida."
"Por otra parte, ... la pretensión del amparista de que las demandadas devuelvan las sumas descontadas de sus haberes en concepto de obra social con destino a PAMI, cabe señalar que resulta totalmente atendible, en virtud de que el hecho de haber percibido ese dinero sin que el actor haya estado afiliado a dicha entidad constituye un caso de enriquecimiento sin causa."
"En virtud de ello, las demandadas PAMI y/o ANSES deberán efectuar la devolución correspondiente de las sumas descontadas de los haberes jubilatorios del actor que tuvieron como destino a dicha obra social..."
- Votos en disidencia: no se registra disidencia en el texto; la parte resolutiva es única y firmada por el juez de grado.
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