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ARCA c/ DDK SERVICIOS S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra DDK SERVICIOS S.R.L. por $9.478.635,97 más intereses y costas. El Juzgado ordenó ejecutar la deuda hasta su íntegro pago, impuso las costas al demandado y requirió a la actora que practique la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.

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¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).

¿A quién se demanda?

DDK SERVICIOS S.R.L.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma de $ 9.478.635,97 (más intereses y costas) conforme libelo inicial.

¿Qué se resolvió?

Se mandó llevar adelante la ejecución contra DDK SERVICIOS S.R.L. hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de $ 9.478.635,97 con más sus intereses y las costas del proceso; además, por razones de seguridad jurídica se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Se protocolice, registre, notifique y publique.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 9478635.97, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-" "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-" "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-" Dispositivo: "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra DDK SERVICIOS S.R.L., hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 9478635.97, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.-" y "2) ...corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
- Votos en disidencia: No constan disidencias en el expediente; la resolución es dictada por la Juez Federal Eva L. Parcio de Seleme y corresponde íntegramente al tribunal que firma.

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