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ARCA c/ MAMANI LUISA ANTONIA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

ARCA promovió ejecución fiscal contra Mamani Luisa Antonia por una deuda reclamada de $11.051.381,2 más intereses y costas. El Juzgado Federal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago y exigió a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.

Ejecucion fiscal Arca Deuda reclamada Mandamiento de intimacion Liquidacion de deuda Costas Interes Cpccn art. 70 Juzgado federal de comodoro rivadavia Ejecucion forzosa.


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) (ex A.F.I.P.).

¿A quién se demanda?

MAMANI LUISA ANTONIA.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por el cobro de la suma de $ 11.051.381,2, con más el 15% para responder a intereses y costas según el libelo de inicio.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución contra la demandada hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de la suma reclamada, con sus intereses y las costas del proceso; asimismo, se mandó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada y se protocolice, registre, notifique y publique la resolución.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 11051381.2, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-" "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-" "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-" Dispositivo final (texto íntegro transcripto): "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra MAMANI LUISA ANTONIA, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 11051381.2, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.
- 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.
- 3) PROTOCOLICESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE.-"
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la sentencia está firmada por la Sra. Juez Federal Eva L. Parcio de Seleme.

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