ARCA c/ MORENO CARLOS JORGE EDUARDO s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra Carlos Jorge Eduardo Moreno por $7.787.952,63. El Juzgado Federal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, con intereses y costas, e intimó a la actora a practicar la liquidación de la deuda por razones de seguridad jurídica.
Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.). Demandado: MORENO CARLOS JORGE EDUARDO. Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $ 7.787.952,63, con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución contra MORENO CARLOS JORGE EDUARDO hasta hacerse íntegro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO de la suma reclamada ($ 7.787.952,63), con más sus intereses y las costas del proceso; y se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Se protocolizó, registró, notificó y publicó la resolución. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 7787952.63, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-" "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-" "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-" "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra MORENO CARLOS JORGE EDUARDO, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 7787952.63, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.-" "2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-" No consta voto en disidencia en el pronunciamiento.
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