ARCA c/ COÑOCAR FRANCISCO NICOLAS s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra Coñocar Francisco Nicolás por $8.730.897,39 más intereses y costas. El Juzgado Federal ordenó llevar adelante la ejecución, impuso las costas al demandado y mandó a la actora a practicar la liquidación de la deuda por razones de seguridad jurídica.
¿Quién es el actor?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).
¿A quién se demanda?
COÑOCAR FRANCISCO NICOLAS.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal tendiente al cobro de la suma de $ 8.730.897,39 (más intereses y costas) reclamados por la actora.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución contra Coñocar Francisco Nicolás hasta hacerse íntegro pago a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero de la suma de $ 8.730.897,39, con más sus intereses y las costas del presente proceso; además, se ordenó que la parte actora practique la liquidación de la deuda reclamada y se protocolice, registre, notifique y publique la resolución.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes del fallo):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 8730897.39, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-"
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-"
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-"
(Dispositivo) "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra COÑOCAR FRANCISCO NICOLAS, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 8730897.39, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.-"
"2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
- Votos en disidencia: No se registran disidencias en la copia obrante; la decisión fue dictada por la Jueza Federal Eva L. Parcio de Seleme.
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