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GUELFI DANTE FERNANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS solicitando la redeterminación del haber inicial jubilatorio, actualización de la PBU y pago de retroactivos. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber inicial y sus retroactividades, diferir la actualización de la PBU para ejecución y admitió la excepción de prescripción respecto de créditos anteriores a 25/9/2021.


¿Quién es el actor?

GUELFI DANTE FERNANDO.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Se reclamó la redeterminación del haber inicial jubilatorio obtenido bajo la ley 24.241, la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), el pago de retroactivos y la declaración de inconstitucionalidad de ciertos topes legales aplicados al cálculo previsional.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar a la demanda y se ordenó reajustar los haberes del actor recalculando el haber inicial, sus actualizaciones y retroactividades; se admitió la excepción de prescripción invocada por ANSeS conforme al art. 82 de la ley 18.037 (prescripción de créditos anteriores a dos años previos al reclamo administrativo, esto es desde el 25/9/2021); se diferirió la cuestión de la actualización de la PBU para la etapa de ejecución conforme al índice y metodología del considerando II; se desestimaron ciertos planteos de inconstitucionalidad con los alcances consignados; se declaró la inaplicabilidad del tope del art. 14 inc. 2 Res. S.S.S. 06/2009; se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 con alcance limitado; y se ordenó el pago de las diferencias resultantes más intereses y sin quita alguna.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Considerando II (sobre PBU e índice a aplicar): "En cuanto a la actualización del componente PBU, sin perjuicio de dejar a salvo el criterio que venía sosteniendo en cuanto a que el índice a aplicar para la actualización de dicho componente era el del salario básico de la industria de la construcción (ISBIC), toda vez que las tres Salas de la Alzada se han expedido en forma unánime, por razones de economía procesal deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'. ... Ahora bien, si bien me he expedido respecto al método para verificar si es o no confiscatoria la actualización de la PBU ... un nuevo análisis de la cuestión me lleva a modificar dicho método, diferido para la etapa de ejecución de la sentencia firme." 2) Considerando III (sobre recalculo del haber inicial y aplicación de índices): "Corresponde extender la aplicación del mismo índice previsto en las mencionadas resoluciones nº 918/94, 63/94 y 140/95, pero actualizado a la fecha de cesación de servicios o a la fecha del cumplimiento de los requisitos establecidos de la ley mencionada, toda vez que la resolución 140/95, al acotar las actualizaciones de las remuneraciones, excedió la facultad de reglamentar '...la aplicación del índice salarial a utilizar...' que la ley 24.241 delegó en el organismo..." y "Así recalculado el haber inicial -en ningún caso podrá resultar una suma inferior a la efectivamente percibida, y la mayor de ambas será la base de la movilidad a calcular." 3) Considerando XI (sobre prescripción): "Respecto de la excepción de prescripción, corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo de reajuste de haberes (conf. art.82 de la ley 18.037), salvo que no hubiera transcurrido los dos años de plazo entre la resolución otorgante de la prestación y su primer reclamo de reajuste de haberes de conformidad con lo dispuesto por el Alto Tribunal in re 'Alonso, Juan José c/ANSeS s/reajustes varios' ... donde

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