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EN - SS - AMBIENTE c/ FRIGORIFICO MARILU DAMIANO SRL s/PROCESO DE EJECUCION TRIBUTARIA

Regulación de honorarios en un proceso de ejecución tributaria; la Cámara elevó los honorarios de la apoderada a $265.397,60 (2,30 UMA) y dispuso que el IVA integra las costas y se adicionará si corresponde.

Regulacion de honorarios Ejecucion tributaria Camara contencioso administrativo federal Honorarios $265.397 60 Uma Iva Costas Apoderada Merito profesional Ley 27.423

Actor: SS – AMBIENTE. Demandado: FRIGORIFICO MARILU DAMIANO SRL. Objeto de la demanda: Proceso de ejecución tributaria con regulación de honorarios profesionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió elevar los honorarios regulados a favor de la Dra. Melina Laura Moscatelli a PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON SESENTA CENTAVOS ($265.397,60) equivalentes a 2,30 UMA; además determinó que el importe del IVA integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional sea responsable inscripto, con plazo para el pago del tributo que correrá desde la fecha en que lo denuncie si no lo hubiere hecho. Regístrese, devuélvase y notifíquese en la instancia de origen a cargo de la interesada. Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "Que, a fin de tratar el recurso interpuesto, cabe señalar que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (Fallos: 270:388; 296:124, entre muchos más)." "atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada en el marco de un juicio ejecutivo en el que no se han opuesto excepciones y se ha dictado sentencia; corresponde, elevar a la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON SESENTA CENTAVOS ($265.397,60) –equivalentes a 2,30 UMA-; los honorarios regulados a favor de la DRA. MELINA LAURA MOSCATELLI..." No consta voto en disidencia.

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