GOMEZ ANTONIO CESAR c/ CONSOLIDAR ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (AHORA GALENO) Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
Reclamó el actor resarcimiento por accidente de trabajo y secuelas lumbares y psicológicas. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, entendiendo acreditada la relación causal por peritaje y testigos y sosteniendo la inconstitucionalidad del art. 39 LRT en su redacción original.
¿Quién es el actor?
Antonio César Gómez (actor: GOMEZ, ANTONIO CESAR).
- Demandadas: Consolidar Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (ahora Galeno) y otra/empleador (Sain).
- Objeto de la demanda: Acción civil por accidente/lesiones laborales — reparación del daño (secuelas lumbares y psicológicas).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado en todos los puntos objeto de recurso, impuso las costas de alzada a las demandadas y reguló honorarios en el 30% de lo que cada representación perciba por las tareas cumplidas en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "Para así concluir tengo en cuenta, como punto de partida, que la auxiliar médica ha realizado un correcto análisis y una detallada descripción de la condición psicofísica del demandante, ha fundamentado sus evaluaciones en los antecedentes del caso, sus propias evaluaciones y en los estudios complementarios practicados, y ha dado una exhaustiva explicación de los factores etiológicos que pueden incidir en una afección como la verificada señalando que, en función de ello, es factible que esta pueda ser el resultado de las modalidades de trabajo descriptas en la demanda ..., a lo cual las recurrentes solo oponen generalidades sin relación puntual con las circunstancias del caso, sin aportar constancias objetivas u argumentos de relevancia científica que desacrediten la opinión de la profesional o demuestren error en el uso de los conocimientos propios de su experticia, lo cual resulta decisivo..."
2) "Consecuente con ello, en el entendimiento de que nada de lo dicho en los memoriales de apelación resulta suficiente para desvirtuar el correcto razonamiento que ha llevado a la magistrada de grado a tener por debidamente acreditada la relación causal entre el daño y las tareas, el riesgo que estas suponían, y los incumplimientos de ambas demandadas a sus deberes de prevención, lo cual incluye la no realización de los exámenes preocupacionales y periódicos, he de proponer la confirmación de lo decidido al respecto."
3) "Consecuente con ello, cabe confirmar la sentencia en tanto ha declarado la inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557 en su redacción original, vigente a la fecha de los hechos objeto de reclamo, y, de tal modo, ha considerado habilitado el ejercicio de una acción de reparación en los términos del derecho común contra el empleador."
- Votos concurrentes/disidencias: Ambos jueces (Dr. Alejandro H. Perugini y Dra. Diana R. Cañal) adhirieron al acuerdo que confirmó la sentencia; no surge disidencia relevante en el acuerdo final.
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