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FERNANDEZ , DANIEL ALFREDO (ART. 29 LO-7/9/22) c/ BENASSI S.A. -4- Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

Reclamó trabajador por accidente de trabajo y daño psicofísico contra su empleadora, Edenor y la ART por $260.000. El Juzgado rechazó íntegramente la demanda por inexistencia de incapacidad acreditada, valorando plenamente el peritaje médico que concluyó que no presenta incapacidad física por el motivo de esta Litis.

Accidente de trabajo Dano psicofisico Peritaje medico Incapacidad Rechazo de demanda Costas en el orden causado Honorarios Art Prescripcion (excepcion ofrecida por demandada) Umas.


¿Quién es el actor?

FERNANDEZ, DANIEL ALFREDO.
- Demandados: BENASSI S.A.; EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR); GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo (caída desde escalera el 12/08/2009) y daño físico y psicológico, indemnización por $260.000.-, con fundamento en derecho común (arts. 1109, 1113 y 1074 Código Civil) y planteo de inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó en todas sus partes la demanda; se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios (detallados en UMAs y sumas en pesos).
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales extraídos del fallo): "El Dr. RUBÉN ROBERTO FRONTINI... CONCLUSIONES: 'El Sr. FERNANDEZ DANIEL ALFREDO no presenta incapacidad física por el motivo de esta Litis...'" "En consecuencia al peritaje presentado por el galeno con fecha 16/09/2020, le otorgo pleno valor probatorio y convictivo, pues considero que es el resultado de las medulosas consideraciones médico legales expuestas, en base a los completos estudios realizados (cfr. arts. 386 y 477 del C.P.C.C.N.), por ello, no cabe más que considerar la inexistencia de la patología psicofísica denunciada, y que en la causa no existe prueba alguna de que en la actualidad el demandante padezca incapacidad alguna respecto de su total obrera cuya causa sea el accidente denunciado en autos, por lo que no resulta posible otra solución más que el rechazo de la demanda interpuesta." "El Sr. Fernández, Daniel Alfredo no ha producido ningún medio de prueba que permita al sentenciante considerar acreditado la existencia de un daño que resulte resarcible, requisito éste que resulta insoslayable, a los fines de obtener una condena favorable a su pretensión resarcitoria (art. 1068 Código Civil)." Además, el juez recuerda: "la ausencia de prueba de la incapacidad laborativa torna innecesario el análisis de las restantes cuestiones planteadas, y deviene abstracto el tratamiento de los planteos de inconstitucionalidad..."
- Disidencias: No hay votos ni disidencias consignadas; la decisión es del juez de primera instancia.

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