SANCHEZ, JUAN PABLO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES s/DESPIDO
Juan Pablo Sánchez promovió demanda por despido contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) reclamando indemnizaciones laborales. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia reduciendo el monto de condena a $892.045,76 y confirmó la imposición de costas y honorarios, ordenando la adecuación e intereses según lo expuesto en el considerando VI.
¿Quién es el actor?
SÁNCHEZ, JUAN PABLO.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y pagos indemnizatorios derivados de la extinción del vínculo laboral (art. 232, 233, 245 LCT, SAC y demás rubros reclamados).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada y redujo el monto total de condena a PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUARENTA Y CINCO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($892.045,76), que deberá abonarse en el plazo, modo y con la adecuación dispuestos en el considerando VI; impuso costas y honorarios de ambas instancias conforme al considerando VII. (Decisión adoptada por mayoría; la Dra. Silvia Ester Pinto Varela no votó por licencia.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Por ello, cabe admitir esta queja, y reducir el monto total de condena a la suma de $892.045,76 ($1.147.385,64
- $255.339,88)." (considerando III)
"Por ello, el Tribunal RESUELVE: 1) Modificar la sentencia apelada, y reducir el monto de condena a la suma total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUARENTA Y CINCO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($892.045,76), que deberá abonarse en el plazo, modo y con más la adecuación dispuestos en el considerando VI de la presente. 2) Costas y honorarios de ambas instancias, conforme lo dispuesto en el considerando VII." (bloque dispositivO final)
"sugiero declarar la invalidez constitucional del art. 7° de la ley 23.928 (modificado por el art. 4° de la ley 25.561), y actualizar el capital de condena desde la fecha de su exigibilidad y hasta la de su efectivo pago, de acuerdo con el índice de precios al consumidor que publica el INDEC (IPC), con más una tasa de interés pura del 3% anual por igual período." (considerando VI)
- Disidencias relevantes: La Dra. Silvia Ester Pinto Varela no participó por hallarse en uso de licencia; no consta voto en disidencia de los vocales que integraron el acuerdo mayoritario.
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