CARLOS, ARMANDO RAUL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó a PROVINCIA ART S.A. por reconocimiento de naturaleza laboral e indemnización por incapacidad derivada de enfermedades profesionales y accidentes in itinere. El Juzgado admitió los recursos, revocó los dictámenes administrativos y condenó a la aseguradora a pagar al actor $5.364.623,65 más intereses, imponiendo las costas a la demandada y regulando honorarios en UMA.
¿Quién es el actor?
Armando Raúl Carlos.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Impugnación de dictámenes de la Comisión Médica N°10 que calificaron como inculpables las patologías denunciadas; solicitud de reconocimiento de la naturaleza laboral de las enfermedades y pago de la prestación indemnizatoria conforme ley 24.557 (art. 14) y normativa aplicable.
¿Qué se resolvió?
Se admitieron los recursos deducidos y se revocaron las resoluciones apeladas; se condenó a PROVINCIA ART S.A. a abonar a ARMANDO RAUL CARLOS, dentro del quinto día de notificada la liquidación prevista en el art. 132 de la L.O., la suma de $5.364.623,65, más los intereses fijados en el considerando IV; las costas se imponen a la demandada; se regularon honorarios de las partes y del perito en UMA conforme lo detallado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "Se ha sostenido que 'para apartarse de la valoración del perito médico, el juez debe encontrar sólidos argumentos, ya que se trata de un campo del saber ajeno al hombre de derecho, y aunque no son los peritos los que fijan la incapacidad, sino que ella es sugerida por el experto y determinada finalmente por el juzgador, basándose en las pruebas que surgen del expediente y las normas legales de aplicación, su informe resulta el fundamento adecuado para la determinación de la minusvalía que se ordena reparar' (CNAT, Sala II, 30/8/96, 'Protta, Fernando c/ Banco Hipotecario Nacional s/ accidente
- acción civil'; Sala IV, 20/12/10, S.D. 95.073, 'Berrios Flores, Jorge Luis c/ Stand Up SRL y otros s/ accidente – acción civil')."
2) "Estas periciales fueron impugnadas por la demandada ... con términos y argumentos que no resultan suficientes para desvirtuar los fundamentos brindados por el perito médico en su informe. Ello así, pues el experto fundó sus conclusiones en criterios de estricto rigor científico y en el resultado de los estudios complementarios efectuados. La discrepancia subjetiva con las conclusiones del informe no es útil para restar su credibilidad."
3) "Con los factores de ponderación, la incapacidad psicofísica asciende a 40,53% de la t.o. ... La indemnización alcanza, entonces, a: $ 4.470.519,70 ($134.408,65 x 53 x 40,55% x 65/42). Con el incremento impuesto por el art. 3 de la ley 26.773, la prestación asciende a $ 5.364.623,65."
- Prueba testimonial y conexión laboral: el Tribunal valoró los testimonios que describieron las tareas (largas jornadas de pie, manipulación de equipamiento de 14-15 kg, exposición a ruidos y práctica de tiro) y concluyó que las patologías son compatibles con la mecánica de trabajo y encuadrables en el art. 6 de la ley 24.557.
- Intereses y capitalización: se aplicarán los intereses equivalentes al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA desde el 1/3/2020 hasta el efectivo pago, con capitalización única el 28/5/2024 y demás reglas indicadas en considerando IV.
- Disidencias: no existen votos en disidencia en el expediente; la resolución citada es la decisión del Tribunal.
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