REYES, SEBASTIAN ALBERTO c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Recurso de apelación contra la confirmación administrativa de ausencia de incapacidad por accidente in itinere. La Cámara confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios por falta de crítica concreta y razonada y reguló honorarios al 30% e impuso costas de alzada en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Reyes Sebastián Alberto (título de autos: "REYES SEBASTIAN ALBERTO C/ PREVENCIÓN ART S.A. S/ RECURSO LEY 27348").
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
apelación contra la sentencia del 26/08/2025 que confirmó la resolución del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N°10, la cual determinó la ausencia de incapacidad laboral por el accidente in itinere del 05/11/2023.
¿Qué se resolvió?
se confirmó la sentencia de grado en cuanto a las cuestiones objeto de agravios; se regularon los honorarios de las representaciones letradas en esta instancia en el 30% de lo que corresponda por la actuación anterior (art. 30 ley 27.423); y se impusieron las costas de alzada en el orden causado (art. 68, 2º parte, Cód. Procesal).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
"…el recurrente omite explicar aunque sea mínimamente las razones por las cuales entiende que las constancias médicas que fueron ponderadas por la Comisión Médica Jurisdiccional resultarían parciales o desajustadas a las técnicas propias de la medicina; ni tampoco especifica siquiera someramente cual es el grado de incapacidad que le correspondería –a su entender
- al actor por las dolencias que presenta."
"Las mencionadas deficiencias técnicas de este tramo del recurso sellan negativamente su suerte, pues, como lo ha señalado la doctrina, la ley adjetiva requiere un análisis razonado del fallo y también la demostración de los motivos que se tienen para estimarlo erróneo..."
"Por lo demás, cabe señalar que a mi modo de ver, y aun considerando el margen de opinabilidad siempre existente en la evaluación de las pruebas, lo cierto es que no encontré en la decisión adoptada por la Sra. Jueza 'a quo' ningún elemento que justificara el calificativo de 'arbitrariedad'..."
"Respecto de la órbita psíquica... en el memorial no se describe concretamente cuáles serían los aspectos que redundarían en la configuración del supuesto daño psíquico que el actor manifiesta padecer, extremo que determina la carencia de fundamentos de este aspecto bajo análisis (art 116 LO)."
Sobre costas y honorarios: "1) Confirmar la sentencia de grado en cuanto a las cuestiones que fueron objeto de agravios. 2) Regular los honorarios de las representaciones letradas de las partes en esta instancia en el 30% de lo que corresponda por la actuación anterior (art. 30 ley 27.423). 3) Imponer las costas de Alzada en el orden causado ante las particularidades de la cuestión debatida (art. 68, 2º parte, Cód. Procesal)."
- Votos: Ambos magistrados (Dra. Silvia E. Pinto Varela y Dr. Héctor C. Guisado) adhirieron a la misma solución; no hay disidencia reseñada.
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