Logo

INC.SA. c/ DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO COMERCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/RECURSO DIRECTO

INC S.A. promovió recurso directo contra la Disposición N° DISPO-2024-343 que impuso una multa por presuntas infracciones a la Resolución 7/2002 y al DNU 274/2019. La Cámara Federal de La Plata rechazó el recurso y confirmó la multa de $650.000, considerando válidas las actas de inspección y la adecuada graduación de la sanción.

Recurso directo Multa administrativa Dnu 274/2019 Resolucion 7/2002 Acta de inspeccion Presuncion de veracidad Lealtad comercial Exhibicion de precios Provincia de buenos aires Costas


¿Quién es el actor?

INC S.A. (CUIT 30-68731043-4).

¿A quién se demanda?

Dirección de Fiscalización de Comercio (Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, Provincia de Buenos Aires).
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra la Disposición N° DISPO-2024-343 (27/03/2024) que impuso multa de $650.000 por supuesto incumplimiento de los arts. 1°, 5° y 6° de la Resolución 7/2002 (reglamentaria del DNU 274/2019) por falta de exhibición/marcación de precios en su comercio.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso directo interpuesto por INC S.A. en cuanto fuera materia de agravio y, en consecuencia, se confirmó la multa dispuesta por la Disposición N° DISPO-2024-343-GDEBA-DPPYDCMPCEITGP dictada el 27/03/2024; además se impusieron las costas a la recurrente (art. 68 CPCCN). Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes):
- “Las actas labradas por los funcionarios de la Dirección Provincial de Comercio gozan de presunción de veracidad y serán consideradas como prueba suficiente de los hechos así comprobados hasta tanto sea demostrada su falsedad por otras pruebas (cfr. decreto provincial 1805/1983, Título I., apartado 7.), norma que, por otra parte, la recurrente no atacó.”
- “Una vez dictado el acto administrativo sancionador, el orden jurídico presume su validez, y es el infractor entonces el que debe probar su ilegitimidad” (Balbín, Carlos F.; “Curso de Derecho Administrativo”, Ed. La Ley, 2007, Tomo I, pág. 817).
- “Para que se configure la infracción sólo se requiere la constatación de que determinada conducta, a la que el sujeto haya sido obligado, no se verifique.” Asimismo la Cámara cita a la Corte: “Estas infracciones no requieren la comprobación de un perjuicio concreto al consumidor, ya que basta con que se incurra en alguna de las conductas descriptas en la norma, con aptitud para inducir a error, engaño o confusión, para que se configure la infracción, con prescindencia de la producción de un resultado.” (Fallos citados).
- Sobre la graduación de la sanción: el Tribunal señaló que el DNU 274/2019 establece parámetros máximos y mínimos y que la Autoridad de Aplicación ponderó antecedentes, gravedad, beneficio obtenido, efecto disuasivo, activos, intencionalidad y duración, por lo que “el acto administrativo cuestionado ha sido debidamente motivado y fundado... conforme los arts. 58, 59 y 60 del DNU 274/19.”
- Conclusión del voto mayoritario (firme): “Rechazar el recurso directo interpuesto por la firma INC S.A. en cuanto fuera materia de agravio y, en consecuencia, confirmar la multa ... Imponer las costas a la recurrente en su carácter de vencida (art. 68 CPCCN).”
- Votos: El Juez Álvarez expuso los fundamentos y propuso el rechazo; el Juez Di Lorenzo “Adhiero al voto que antecede.” No consta disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar