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AGUIRRE BEAUFILS, EMILIANO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió recurso contra la resolución de la Comisión Médica que negó incapacidad por accidente laboral. El Juzgado revocó la decisión administrativa, fijó la incapacidad en 14% de la T.O. y condenó a Provincia ART S.A. al pago de $22.347.948,58 más intereses, fundando su decisión en la pericia médica y en la actualización de haberes por índice RIPTE.

Accidente de trabajo Incapacidad 14% t.o. Pericia medica Ley 24.557 Ley 27.348 Ripte Indemnizacion Provincia art s.a. Indemnizacion adicional ley 26.773 Honorarios


¿Quién es el actor?

Emiliano Aguirre Beaufils.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (Provincia ART S.A.).
- Objeto de la demanda: Recurso contra la resolución de la Comisión Médica Nº 10 de la CABA que sostuvo ausencia de incapacidad por accidente de trabajo del 06/05/2025; se reclama la declaración de incapacidad y la consecuente indemnización conforme ley 24.557 y leyes complementarias.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la decisión administrativa, se fijó la incapacidad laborativa del actor en el 14% de la T.O. y se condenó a Provincia ART S.A. a abonarle, dentro del quinto día y mediante depósito, la suma de $22.347.948,58, más los intereses correspondientes; costas a la demandada; regulación de honorarios (14% actor, 11% demandada, 6% perito) sobre el monto final de condena.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): 1) "Del informe presentado por la experta de fecha 19/04/2026 y de su ampliación del 30/04/2026, surge que, mediante examen físico y los estudios practicados al reclamante, dictaminó, con base en los antecedentes de interés médico legal obrantes en autos, que el actor presenta, como consecuencia del accidente de autos, limitación de la movilidad de la columna dorso lumbar (2%). Manifestó, además, que el Sr. Aguirre Beaufils presenta un cuadro compatible con una RVAN grado II que lo incapacita en el 10% de la T.O. A su turno, valuó los factores de ponderación en el 2% por la edad del damnificado." 2) "Otorgo al dictamen referido eficacia probatoria en sus aspectos fundamentales, atento que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en exámenes clínicos y complementarios realizados al accionante. Destaco que las impugnaciones presentadas por la parte demandada ... no logran conmover la contundencia de las conclusiones de la pericia..." 3) "Como corolario de lo hasta aquí señalado, fijo la incapacidad de la que es portador Emiliano AGUIRRE BEAUFILS, en el orden del 14% de la T.O., con inclusión de los factores de ponderación que valuó la perito médica (en el 2% por la edad). ... la incapacidad total a considerar equivale al 14% de la T.O (12% + 2%)." 4) "Dejo así aclarado que el art. 11 de la ley 27.348, modifica el art. 12 de la ley 24.557, prescribe el modo de determinar el Ingreso base, ... deberán ser actualizados, mes a mes, de acuerdo a la variación del índice RIPTE ... resulta un IBM actualizado de $1.236.392,82." 5) "Como consecuencia de lo expuesto, en virtud de la incapacidad acreditada (14%), de la edad del trabajador a la fecha del infortunio (32 años) y el ingreso indicado, el importe resultante asciende a la suma de $18.623.290,49 ... A la suma anteriormente fijada, de $18.623.290,49, corresponde adicionar la indemnización de pago único prevista en el art. 3º de la ley 26.773 ... Por lo tanto, el monto total de la prestación equivale a $22.347.948,58 ($18.623.290,49 x 20 / 100 = $3.724.658,09)."
- No hubo voto en disidencia consignado en la sentencia.

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