Recurso Queja Nº 6 - IMPUTADO: BIOSOLL, JUANA PAULINA Y OTROS s/FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS PRESENTANTE: OFICINA JUDICIAL R/LEGAJO JUDICIAL N°8353/23 Y OTRO
La defensa de Walter Yamir Zaracho Rodríguez interpuso queja por el procesamiento por uso de documento falso sin prisión preventiva. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la queja, confirmó la situación procesal y ordenó costas a la instancia, con reserva del caso federal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa particular de Walter Yamir Zaracho Rodríguez (recurrente).
Demandado: Se impugna la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes que confirmó el auto de procesamiento dictado en primera instancia.
Objeto: Queja contra el procesamiento (auto de procesamiento sin prisión preventiva) por el delito de uso de documento falso o adulterado (art. 296 en función del 292 del CP), en calidad de coautor (art. 45 CP).
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la queja interpuesta por la defensa, con imposición de costas en la instancia y dejando constancia de la reserva del caso federal. Se ordenó también remitir la resolución al tribunal de origen mediante pase digital y notificar al recurrente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, citas textuales):
"Que la resolución contra la cual se interpone la presente vía de hecho -procesamiento confirmado
- no se encuentra contemplada entre aquellas previstas en el artículo 457 del C.P.P.N., ya que no se trata de una sentencia definitiva o equiparable a tal, ni de un auto que pone fin a la acción, a la pena o hace imposible que continúen las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena."
"El recurrente no alcanzó a demostrar –ni se advierte
- que lo resuelto por el a quo le produzca un agravio de tardía o imposible reparación ulterior o que involucre el debate de una cuestión federal a efectos de equipararla a un pronunciamiento de carácter definitivo (Fallos: 328:1108 ... entre otras)."
"Por lo demás, esta es la doctrina judicial emanada de los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (conf. CSJ 823/2013 ... entre otros)."
"Por ello, el Tribunal RESUELVE: I. NO HACER LUGAR a la queja interpuesta por la defensa particular de Walter Yamir Zaracho Rodriguez, con costas en la instancia (arts. 477, 478, 530 y 531 del C.P.P.N.). II. TENER PRESENTE la reserva del caso federal."
- Votos / disidencias: La resolución se adoptó por voto conjunto de los suscriptos (Hornos y Borinsky), con manifestación de que el juez Javier Carbajo estaba en uso de licencia; no consta disidencia.
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