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MESTRE, MIGUEL ANGEL c/ OBRA SOCIAL DE TRABAJ. SOCIOS DE LA ASOC. MUTUAL DEL PERS. JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES NACIONALES Y OTRO s/HOMOLOGACION DE CONVENIO

El actor solicitó la homologación de un convenio con la Obra Social del personal jerárquico de bancos oficiales. El Juzgado Federal homologó íntegramente el convenio, impuso las costas al orden causado y ordenó oficiar a ANSES para que transfiera mensualmente el 100% del importe retenido en concepto de obra social.

Homologacion de convenio Obra social Anses Transferencia de retenciones Art. 309 cpccn Costas Art. 68 cpccn Ley 23.660 Conciliacion Transferencia mensual

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Miguel Ángel Mestre, DNI n.º 12.642.340. Demandado: Obra Social de Trabajadores Socios de la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales y la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales. Objeto: Homologación de convenio conciliatorio entre las partes. Decisión: Se homologó íntegramente el convenio; se impusieron las costas en el orden causado; se libró oficio a ANSES para que transfiera mensualmente a la obra social el 100% del importe retenido en concepto de "obra social" a la entidad indicada dentro de los quince (15) días corridos posteriores a cada mes vencido, conforme art. 20 ley 23.660.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "De conformidad con lo establecido en el art. 309 del CPCCN y analizado el acuerdo conciliatorio, surge que, se ha arribado a una justa composición de los derechos de las partes y que el mismo se encuentra suscripto por ambas partes integrantes en las presentes actuaciones, las que han prestado conformidad." "I.) HOMOLOGAR en todas sus partes y con los alcances allí dispuestos el convenio celebrado entre el señor Miguel Ángel Mestre (parte actora) y la Obra Social de Trabajadores Socios de la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales y la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales (parte demandada); el que se declara parte integrante de la presente." "II.) IMPONER las costas en el orden causado (art. 68 del CPCCN); lo cual fue expresamente acordado entre las partes en el convenio que se homologa." "III.) LÍBRESE OFICIO vía DEOX a la ANSES, como se solicita, haciéndole saber que deberá transferir mensualmente a la Obra Social de Trabajadores Socios de la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales Jerárquicos Salud RNO: 0-0320-7, CUIT: 33-71018560-9, el 100% del importe que en concepto de 'obra social' le es retenido al señor Miguel Ángel Mestre DNI n° 12.642.340, dentro de los quince (15) días corridos posteriores a cada mes vencido, conforme art. 20 ley 23.660 y cc."
- Fecha de la resolución: Bahía Blanca, agosto de 2026. Fecha de firma: 10/08/2026.

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