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PETROV, DENIS s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

El peticionario solicitó la concesión de la carta de ciudadanía argentina por encontrarse arraigado. El Juzgado declaró ciudadano argentino a Denis Petrov por reunir las condiciones legales y acreditarse su arraigo por ser progenitor de un hijo argentino nacido el 16/12/24.

Nacionalidad Carta de ciudadania Arraigo Decreto 3213/84 Articulo 3 inciso f Ley 346 Juramento Inscripcion renaper Hijo argentino Expediente 5711/2025

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Denis Petrov, solicitante de carta de ciudadanía. Demandado: Estado nacional (trámite ante el Juzgado Civil y Comercial Federal n.º 10; intervención del Ministerio Público Fiscal); expediente caratulado "PETROV, DENIS s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA". Objeto: Se solicita la concesión de la ciudadanía argentina y la expedición de la correspondiente carta de ciudadanía. Decisión: Se declaró ciudadano argentino a Denis Petrov (nacido el 15/02/1989 en Velikiye Luki, Pskov, Federación de Rusia). Se ordenó expedir la carta de ciudadanía, oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones, y se le informó sobre la obligación de jurar fidelidad y de enrolarse en el plazo de un año.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado. A su vez el Sr. fiscal no ha cuestionado el trámite desde que tuvo intervención en el proceso y ponderando que el peticionario /la peticionaria se encuentra comprendido/a dentro de una de las causales de excepción previstas en el artículo 3, segunda parte, inciso f, del decreto reglamentario 3213/84, debido a que tiene un hijo argentino nacido el 16/12/24 (conf. la documental aportada al inicio del trámite) corresponde tener por acreditado su arraigo a la República Argentina." "Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona," Parte resolutiva: "1.
- Declarar ciudadano argentino a DENIS PETROV , nacido el 15 DE FEBRERO DE 1989 en VELIKIYE LUKI, PSKOV, FEDERACION DE RUSIA , hijo de NIKOLAI PETROV y de TATIANA PETROVA (conf. surge de la partida de nacimiento obrante en autos), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)." "2.
- Hágasele saber que la concesión de la nacionalidad argentina podría importar -según el tradicional principio de unicidad de nacionalidad del derecho internacional público
- la pérdida de su nacionalidad anterior y que, tal concesión, se hará saber por la vía pertinente a su país de origen. Asimismo, que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el artículo 15 del Decreto 3213/84 que determina la cancelación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención." "3.
- Expídase la carta de ciudadanía, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones (conf. art. 110 de la ley 25871)."

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