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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PINELLI JOSE SERGIO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio reclamando $1.680.867,00 más intereses conforme al Código Fiscal. El Tribunal ordenó continuar la causa de trance y remate hasta el pago íntegro, imponiendo costas a la vencida y constituyendo domicilio judicial por apercibimiento.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Trance y remate Intimacion de pago y embargo Intereses art. 104 codigo fiscal Domicilio ad litem Ley 13.406 Cpcc (arts. 540 549 y concs.) Costas a la vencida Monto $1.680.867 00

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: JOSE SERGIO PINELLI. Objeto: Ejecución por apremio provincial por la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTE SESENTA Y SIETE CON 0/100 ($ 1.680.867,00), con aplicación de intereses según art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su pago efectivo; ejecución mediante trance y remate, intimación de pago y embargo. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada haga el pago íntegro del capital reclamado y sus intereses; se tuvo por constituido el domicilio ad litem por el apercibimiento; costas a la vencida; difiriéndose regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC) Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos. Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.; FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, JOSE SERGIO PINELLI; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTE SESENTA Y SIETE CON 0/100, ($ 1.680.867,00). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad. Agregúese y téngase presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado. Regístrese y notifíquese."

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