Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VATER ADRIAN ALEJANDRO S/ APREMIO PROVINCIAL

Homologación judicial de acuerdo de pago fiscal y levantamiento de inhibición general de bienes. El Tribunal homologó el acuerdo conforme al art. 23 de la Ley 13.406, reconoció la firma, fijó honorarios por $446.684,31 y ordenó el levantamiento de la medida cautelar bajo exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal.

Acuerdo de pago Art. 23 ley 13.406 Homologacion judicial Apremio provincial Inhibicion general de bienes Levantamiento de medida cautelar Honorarios $446.684 31 Fisco provincia de buenos aires Apoderado fiscal Registro y notificacion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Vater Adrian Alejandro. Objeto: Solicitud de homologación judicial de un acuerdo de pago en causa de apremio provincial y levantamiento de la medida cautelar (Inhibición General de Bienes). Decisión: El Tribunal tuvo por reconocida la firma en el acuerdo, homologó el acuerdo de pago con los alcances del art. 23 de la Ley 13.406, registró y tuvo presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco, ordenó el levantamiento de la medida cautelar (Inhibición General de Bienes) bajo exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal y dispuso se registre y notifique a las partes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes tal como constan en el texto): "I.
- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.- II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.- III.
- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, DIAZ EDUARDO ALBERTO, en la suma de HONORARIOS PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 31/100 ($446.684,31) . Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.- IV.
- Bajo la exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, levántese la medida cautelar trabada -Inhibición General de Bienes
- en los presentes obrados. Líbrese el oficio por Secretaria en el modo de estilo.- V.
- REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A.-"
- Fechas y montos relevantes: Azul, de AGOSTO de 2026 (fecha sin día consignado en el texto). Honorarios pactados: $446.684,31.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar