FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VATER ADRIAN ALEJANDRO S/ APREMIO PROVINCIAL
Homologación judicial de acuerdo de pago fiscal y levantamiento de inhibición general de bienes. El Tribunal homologó el acuerdo conforme al art. 23 de la Ley 13.406, reconoció la firma, fijó honorarios por $446.684,31 y ordenó el levantamiento de la medida cautelar bajo exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Vater Adrian Alejandro.
Objeto: Solicitud de homologación judicial de un acuerdo de pago en causa de apremio provincial y levantamiento de la medida cautelar (Inhibición General de Bienes).
Decisión: El Tribunal tuvo por reconocida la firma en el acuerdo, homologó el acuerdo de pago con los alcances del art. 23 de la Ley 13.406, registró y tuvo presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco, ordenó el levantamiento de la medida cautelar (Inhibición General de Bienes) bajo exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal y dispuso se registre y notifique a las partes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes tal como constan en el texto):
"I.
- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.-
II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.-
III.
- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, DIAZ EDUARDO ALBERTO, en la suma de HONORARIOS PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 31/100 ($446.684,31) . Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.-
IV.
- Bajo la exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, levántese la medida cautelar trabada -Inhibición General de Bienes
- en los presentes obrados. Líbrese el oficio por Secretaria en el modo de estilo.-
V.
- REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A.-"
- Fechas y montos relevantes:
Azul, de AGOSTO de 2026 (fecha sin día consignado en el texto). Honorarios pactados: $446.684,31.
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