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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VIDAL MARCELA PILAR S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial contra Marcela Pilar Vidal por deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó llevar adelante la cobranza hasta obtener el pago íntegro de $1.427.571,60 más intereses conforme a la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Deuda fiscal $1.427.571 60 Intereses resolucion 10/24 Perdida del derecho por inactividad Ley 13.406 Codigo procesal civil y comercial (cpcc) Costas a la vencida Domicilio constituido en estrados

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor)
- FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
- A quién se demanda (Demandado)
- MARCELA PILAR VIDAL
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
- Ejecución por apremio provincial por deuda fiscal por la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 60/100 ($1.427.571,60) en concepto de capital reclamado, más intereses conforme Resolución 10/24 del Ministerio de Economía.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
- Se ordenó llevar adelante la ejecución contra la demandada hasta hacerse íntegro pago de $1.427.571,60 más intereses desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Se impusieron las costas a la demandada vencida y se postergó la regulación de honorarios según lo previsto legalmente. Se tuvo por constituido domicilio en los estrados del juzgado y se ordenó notificar conforme normas aplicables.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE 31
- NRO. 5844
- CP. 1884
- LOC. BERAZATEGUI, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)."
- "Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra MARCELA PILAR VIDAL, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 60/100 ($1.427.571,60), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago."
- "Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016). Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC."

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