BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ NUÑEZ EDITH RAMONA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
Demanda por cobro sumario contra titular de tarjeta de crédito por saldo adeudado. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando a la demandada al pago de $10.371,05 más intereses subsidiarios calculados desde la mora del 14/10/2021 y a costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Dr. Gustavo Jorge Vázquez.
Demandado: Edith Ramona Nuñez.
Objeto: Cobro sumario de pesos por saldo de tarjeta de crédito Mastercard por $10.371,05 en concepto de capital, más intereses desde la mora del 14/10/2021, y costas.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se condenó a la demandada a pagar $10.371,05 dentro de diez días de aprobada la liquidación, con intereses desde la mora según la tasa subsidiaria aplicable; se impusieron las costas a la demandada y se diferenció la regulación de honorarios hasta firme la liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"La rebeldía firme de la demandada, y la pérdida del derecho a contestar que ella supone, autorizan a tener por ciertos los hechos lícitos afirmados por la actora y por auténticos los documentos que acompañó (arts. 60 y 354 inc. 1° del CPCC). ... Ponderada esa presunción junto con la documentación de la causa -los resúmenes de cuenta, los certificados de los arts. 27 y 28 de la ley 25.065, que descartan denuncias y cuestionamientos anteriores a la mora, y la nota de saldo y fecha de radicación-, tengo por cierta la contratación y adhesión al sistema de tarjeta de crédito Mastercard, la baja del plástico por falta de pago y el saldo deudor denunciado, del que ya se encuentra descontado el pago parcial de $ 405,12. Por eso admito la demanda por la suma de $ 10.371,05 en concepto de capital (arts. 60, 354 -inc. 1°-, 375 y 384 del CPCC; arts. 957, 958, 959 y 961 del CCyC; ley 25.065)."
"Al no haberse probado una tasa convencional, la aplicable es la subsidiaria, esto es, la tasa pasiva más alta que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días, conforme la doctrina legal de la Suprema Corte provincial (causa C. 119.176, 'Cabrera', sent. del 15/6/2016; arts. 768 inc. 'c' y 771 del CCyC), a calcular en los distintos períodos de devengamiento desde la mora y hasta el efectivo pago. No corresponde capitalización alguna, que sin pacto expreso veda el art. 770 del CCyC y que, para los saldos de tarjeta de crédito, prohíbe el art. 23 inc. 'ñ' de la ley 25.065; tampoco intereses punitorios, que suponen una cláusula penal que no se probó (art. 769 del CCyC)."
Resolución final:
"I.
- Hacer lugar a la demanda interpuesta por Banco de la Provincia de Buenos Aires contra Edith Ramona Nuñez por cobro de pesos.
II.
- Condenar a Edith Ramona Nuñez a pagar a la actora, dentro de los diez (10) días de aprobada la liquidación, la suma de $ 10.371,05 en concepto de capital, con más los intereses fijados en el considerando VI.
III.-Imponer las costas a la demandada vencida (art. 68 del CPCC) y diferir la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación (arts. 23 y 51 de la ley 14.967)."
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