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FELOY LUISA INES S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitan declaratoria de herederos de Luisa Inés Feloy por fallecimiento. El Tribunal declaró que, por fallecimiento de Luisa Inés Feloy ocurrido el 27/06/2018, suceden como herederos universales sus hijos Ricardo Humberto, Adriana Inés y Alejandra Beatriz Casabene, con fundamentos en partidas, certificaciones del RENAPER y edictos de estilo.

Declaratoria de herederos Sucesion ab-intestato Herederos universales Renaper Edictos Cpcc arts. 734/735/737 C.c. arts. 2337/2424/2426 Certificado de defuncion Notificacion electronica Tribunal de primera instancia.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) Peticionan la declaratoria de herederos los hijos y pretendidos sucesores: RICARDO HUMBERTO CASABENE; ADRIANA INES CASABENE; ALEJANDRA BEATRIZ CASABENE, por intermedio del letrado Dr. Maximiliano Gastón Raiolo.
- A quién se demanda (Demandado) No consta demandado específico en autos; se tramita la sucesión ab-intestato como acto declarativo respecto del estado sucesorio de la causante.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Se reclama se dicte la declaratoria de herederos por fallecimiento de LUISA INES FELOY.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) Se declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de LUISA INES FELOY, le suceden en carácter de herederos universales sus hijos RICARDO HUMBERTO CASABENE, ADRIANA INES CASABENE y ALEJANDRA BEATRIZ CASABENE. Regístrese. Notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "1º) Que de acuerdo a la información brindada por el RENAPER conforme RC 420/21 y RC 975/21 de la SCBA y el certificado de defunción adjunto en autos, se acredita el fallecimiento de LUISA INES FELOY, ocurrido el día 27/06/2018.- 2º) Que ésta era de estado civil viuda de HUMBERTO CASABENE, con quien había contraído matrimonio el día 4/01/1957, habiendo fallecido éste último con anterioridad a la misma el día 5/02/1976 (ver partidas acompañadas con fecha 25/06/2026 y al escrito de inicio).- 3º) Que de la mencionada unión nacieron: RICARDO HUMBERTO CASABENE, el día 07/12/1957, ADRIANA INES CASABENE, el 21/07/1959 y ALEJANDRA BEATRIZ CASABENE, el 28/12/1962.- 4º) Que con los diarios y recibos acompañados en formato PDF con fecha 25/06/2026 se acredita la publicación de edictos que prevee el art. 734 inc. 2º del CPCC, y de cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto, según lo dispuesto por el art. 116 del CPCC. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 735, 737 del CPCC, y arts. 2337, 2424, 2426 del C.C. y C.N., declárase en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de LUISA INES FELOY, le sucede en carácter de universales herederos sus hijos RICARDO HUMBERTO CASABENE, ADRIANA INES CASABENE y ALEJANDRA BEATRIZ CASABENE. REGISTRESE.-" Cita procesal de notificación electrónica: "El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Unico, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A.."

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