RAMUNDO ROSA ESTER C/ NAVIDEX S.A. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
Aclaratoria solicitada sobre error material en la identificación de parcelas en sentencia por prescripción adquisitiva. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria y subsanó el error consignando que la parcela 282-E corresponde a la matrícula N° 85268 y la 282-D a la matrícula N° 85269, por aplicación del art. 166 inc. 2 del C.P.C. y Ley 17.481.
Actor: Ramundo Rosa Ester. Demandado: Navidex S.A. Objeto: Prescripción adquisitiva (acción principal); aquí se tramita una aclaratoria sobre error material en la sentencia definitiva. Decisión: Se hizo lugar a la solicitud de aclaratoria y se corrigió la identificación registral de las parcelas en la sentencia definitiva del 13/3/26, registrando que la parcela 282-E corresponde a la matrícula N° 85268 y la parcela 282-D a la matrícula N° 85269.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Asistiéndole razón en cuanto a que, la parcela: 282-E corresponde a la matrícula N° 85268, y la parcela: 282-D a la matrícula N° 85269, conforme lo dispuesto por el art. 166 inc. 2 del c.p.c., se subsana dicho error involuntario."
"Por ello y lo dispuesto por los arts. 166 inc. 2 del c.p.c., y los arts. 109, 110 y 111 de la Ley 17.481,
RESUELVO:
Aclarar en cuanto ha lugar por derecho la sentencia definitiva dictada en fecha 13/3/26, haciéndose constar que la parcela: 282-E corresponde a la matrícula N° 85268, y la parcela: 282-D a la matrícula N° 85269. REGISTRESE en relación al Nº21 del día 13 de marzo de 2026."
También se consignó la forma de notificación electrónica: "Notifíquese a través de la remisión de copia digital de la presente en los domicilios electrónicos correspondientes, teniéndose por cumplida la notificación el día martes o viernes inmediato posterior -o el siguiente día hábil si alguno de ellos no lo fuere
- a aquél en que hubiere quedado disponible para su destinatario en el sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas (Ac. 4039/21 SCJBA Arts. 10 y 13 'Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos')."
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