PEREZ ROSANA VANESA C/ MICRO OMNIBUS MITRE S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La actora reclamó indemnización por lesiones sufridas al descender de un colectivo cuya marcha se reanudó provocando su caída. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la responsabilidad de la empresa transportista y condenó al pago de $14.500.000 más intereses, con extensión de la condena a la aseguradora en la medida de la cobertura.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ROSANA VANESA PÉREZ, por medio de su letrado Dr. Juan Manuel Beveraggi.
Demandado: MICRO ÓMNIBUS MITRE S.A.; METROPOL SOCIEDAD DE SEGUROS MUTUOS (citada en garantía).
Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido el 10/06/2022 cuando la actora, siendo pasajera, intentó descender y el chófer retomó la marcha provocando su caída y lesiones; rubros reclamados: gastos médico-farmacéuticos, incapacidad física, daño no patrimonial, incapacidad psíquica, pérdida de chance y gastos de tratamiento psicológico futuro.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se condenó a MICRO ÓMNIBUS MITRE S.A. al pago de PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL ($14.500.000) con intereses desde el 10/06/2022 al 6% anual y luego a la tasa pasiva más alta del Banco Provincia hasta el pago; se hace extensiva la condena a METROPOL SOCIEDAD DE SEGUROS MUTUOS en la medida de la cobertura contratada; costas a la demandada y citada en garantía.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
"En efecto, en un marco de escasa prueba, pero no por ello insuficiente, me he apoyado en las reglas de la sana crítica y la íntima convicción para tener por cierto el relato brindado por la actora al momento de promover la acción (art. 384 C.P.C.C.). Todo ello para tener por cierto que el día del evento la actora, pasajera del colectivo, al intentar descender de la unidad, por un movimiento súbito del micro, ello provocó la caída de la pasajera produciéndole lesiones a la misma."
"Como corolario de todo lo anteriormente expuesto, ha de concluirse en la existencia del nexo de causalidad, vinculando el daño directamente con el hecho, e imputable en forma exclusiva a la demandada."
"En consecuencia, lo condeno a pagar a la parte actora la suma de PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL ($14.500.000), la que devengará intereses en la forma establecida en el Considerando respectivo y dentro del quinto día de ejecutoriada la presente (art. 500 y 501 del Cód. Proc.)."
"Asimismo, de acuerdo a lo normado por los artículos 701 del Código Civil y 118 de la ley 17.418, la condena a dictarse se hará extensiva a METROPOL SOCIEDAD DE SEGUROS MUTUOS, en la medida del seguro contratado, ... incorporando la cobertura básica vigente al momento de la valuación judicial del daño contenida en la presente sentencia, sustituyendo dicho componente en su valor histórico por los determinados en la Resolución N° 1.162/18 de la SSN."
- (No hay votos en disidencia; decisión unipersonal del Juez a cargo)
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: