ANCONA GABRIEL C/ CAPO LAURA PATRICIA RITA S/ ESCRITURACION
El actor requirió la escrituración del 50% indiviso de la casa de Levalle 1736, más canon locativo y daños y perjuicios, alegando aportes económicos conjuntos en la compra. El Tribunal declaró nulo el convenio de 28/3/2018 por haberse firmado bajo intimidación y violencia psicológica, y rechazó la demanda por falta de acreditación de aporte del actor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Gabriel Ancona, por intermedio de apoderado Dr. Rubén Ricardo Regueiro.
Demandado: Laura Patricia Rita Capo.
Objeto: Escrituración del 50% indiviso del inmueble sito en General Levalle 1736, Banfield (matr. 8025 (063)), canon locativo desde la ocupación excluyente y daños y perjuicios; se alega que la compra fue abonada 50% por cada uno en 2006 aunque la escritura quedó solo a nombre de la demandada; se exhibe convenio de 28/03/2018 por el que la demandada reconocía el aporte del actor y se obligaba a transmitir el 50% o pagar el equivalente.
Decisión: Se declaró la nulidad del instrumento de fecha 28/03/2018 suscripto por la Sra. Capo por vicio de la voluntad (intimidación/violencia), y en consecuencia se rechazó la demanda por escrituración, canon locativo y daños y perjuicios. Se impusieron las costas al actor.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En dicho documento, la Sra. Laura Patricia Rita Capo, reconocía que la adquisición de fecha 26 de octubre de 2006, a su nombre por el 100% ... la llevó a cabo por el 50% indiviso con dinero propio fruto de trabajo y ahorros, mientras que el otro 50% indiviso fue con el dinero aportado por su -ahora
- cónyuge, producto de su trabajo y ahorros, viéndose enriquecida sin causa en dicho porcentaje."
"En ese sendero, los magistrados no sólo cuentan con la facultad de velar por los derechos de las mujeres ... sino que se trata de una obligación legal y de un deber ontológico inexcusable a la luz de las normas convencionales y constitucionales ... Y esa obligación excede el ámbito del derecho penal o de familia, resultando de plena aplicación en todo tipo de procesos, aún de neto contenido patrimonial, cuando las circunstancias ameritan."
"De la prueba analizada y las circunstancias que rodearon la presente causa, surge que los fondos que se utilizaron para la adquisición del inmueble de la calle Levalle resultaron propios en un 100% de la accionada; así como se vislumbra que la Sra. Capo se encontraba al momento de la firma del documento de fs. 17/18 en un estado de vulnerabilidad, en virtud del contexto de violencia emocional que ejercía su ex cónyuge, habiendo logrado acreditar, de acuerdo a los elementos probatorios producidos, que el acto jurídico en cuestión ha sido otorgado bajo amenaza e intimidación, por lo que corresponde declararlo nulo en virtud de lo establecido en los arts. 276, 386, 388 y concs. del C.C. y C.N. (arts. 375, 384 y 456 del rito)."
Conclusión del fallo:
"1°) Declarando la nulidad del instrumento de fecha 28 de marzo de 2018 emitido por la Sra. Laura Patricia Rita Capo, y en consecuencia, rechazando la demanda por escrituración, canon locativo y daños y perjuicios entablada por Gabriel Ancona contra Laura Patricia Rita Capo.
2°) Imponiendo las costas del juicio al actor en su calidad de vencido (art. 68 del CPCC)."
(Se incluyen además en el fundamento la valoración de testimonios y el informe pericial/entrevista del Juzgado de Familia que advirtieron indicadores de maltrato emocional.)
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