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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CASTELLANOS, CARLOS ALBERTO Y OTRO s/USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.296)

El imputado fue juzgado por uso de documento público falso destinado a acreditar la habilitación para circular de vehículos automotores. El Tribunal Oral Federal condenó a CARLOS ALBERTO CASTELLANOS a tres años y ocho meses de prisión, ordenando además el decomiso y destrucción de la documentación apócrifa.

Uso de documento publico falso Habilitacion para circular Condena Pena 3 anos 8 meses Decomiso Destruccion de documentos Tribunal oral federal Ministerio publico fiscal San martin Codigo penal arts. 292 296.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por las auxiliares fiscales Dra. María Clara Fernández Segovia y Dr. Carlos Martín Bonomi Blatter. Demandado: CARLOS ALBERTO CASTELLANOS (DNI 12.677.171). Objeto: Se le atribuye y se lo juzga por el delito de uso de documento público falso destinado a acreditar la habilitación para circular de vehículos automotores. Decisión: Se condenó a CARLOS ALBERTO CASTELLANOS a la pena de TRES AÑOS Y OCHO MESES DE PRISIÓN, accesorias legales y costas; y se ordenó el decomiso y destrucción de la documentación apócrifa secuestrada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "RESUELVO: I. CONDENAR a CARLOS ALBERTO CASTELLANOS a la pena de TRES AÑOS Y OCHO MESES DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS, por considerarlo autor del delito de uso de documento público falso destinado a acreditar la habilitación para circular de vehículos automotores (arts. 45 y 296 en función del 292 -segundo párrafo
- del Código Penal, 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación). II. ORDENAR el DECOMISO y DESTRUCCIÓN de la documentación apócrifa secuestrada en este proceso (art. 23 del Código Penal)." Además, se dejó constancia procesal de la intervención de los defensores y del imputado estando detenido en la Unidad Nº 26 del Servicio Penitenciario Bonaerense. La resolución fue dispuesta en la audiencia de debate del 7 de agosto de 2026 y la redacción de los fundamentos se difirió para el 14 de agosto de 2026, con notificación al imputado en su lugar de detención.

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