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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BASUALDO, MIGUEL HORACIO Y OTROS s/DEFRAUDACION CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA

Los defensores de cuatro imputados interpusieron recurso de casación contra la sentencia condenatoria por el delito de concusión. La Cámara concedió el recurso de casación, considerando que los planteos encuadran en el art. 456 del C.P.P.N. y que se cumplimentaron los requisitos de admisibilidad, y ordenó elevar la incidencia a la Alzada, con reserva del caso federal.

Casacion Concusion Juicio abreviado Admisibilidad Art. 456 c.p.p.n. Reserva del caso federal Elevacion a la alzada Pena 3 anos en suspenso Tribunal oral criminal federal n?4 17/07/2026

Actor: La defensa técnica de Miguel Horacio Basualdo, Gloria Beatriz Moreno, Adrián Rubén Minutillo y Gabriel Oscar Dib. Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de San Martín (resolución de fecha 17 de julio de 2026). Objeto: Recurso de casación contra la sentencia condenatoria dictada el 17/07/2026 por delitos de concusión (con trámite de juicio abreviado) que impuso penas de tres años de prisión en suspenso y costas, e imposición de reglas de conducta y demás medidas. Decisión: Se concedió el recurso de casación interpuesto por las defensas; se tuvo presente la reserva del caso federal y se elevó la incidencia de modo digital a la Alzada. Fecha de la resolución que concede: 07/08/2026.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Analizada la cuestión considero que el recurso de casación interpuesto es formalmente admisible, toda vez que se dedujo contra una sentencia definitiva (art. 457 del Código Procesal Penal de la Nación)." "Ahora bien, toda vez que la parte recurrente se encuentra legitimada para articular el remedio pretendido, que los planteos esgrimidos encuadran dentro de los motivos previstos por el art. 456 del Código Procesal Penal de la Nación y que se han cumplido los requisitos de temporaneidad y fundamentación impuestos por el art. 463 del citado cuerpo normativo, en aras de una total salvaguarda del ejercicio de la garantía constitucional de la defensa en juicio, se concederá el recurso interpuesto." "I. CONCEDER EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la defensa técnica de Miguel Horacio Basualdo, Gloria Beatriz Moreno, Adrián Rubén Minutillo y Gabriel Oscar Dib, en los términos establecidos por los artículos 456, incisos 1º y 2°, 457 y 463 del Código Procesal Penal de la Nación." "II. TENER PRESENTE la reserva del caso federal –art. 14 de la Ley 48
- efectuada por el recurrente." (Se reproduce textualmente el criterio de admisibilidad y la decisión de conceder y elevar la incidencia; no hubo voto en disidencia en el texto analizado.)

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