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Incidente Nº 1 - ACTOR: RIOS, ALFONSO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

Incidente de ejecución previsional promovido por Ríos contra ANSeS por planilla practicada y reajustes de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia: rechazó las impugnaciones de la ANSeS sobre la fórmula y método de cálculo, validó la actualización aplicada a la PBU y sostuvo que no se liberaron los topes previstos por ley.

Riesgo social Ejecucion previsional Prestacion basica universal Pbu Actualizacion Indice de calculo Topes previsionales Ley 24.241 Ley 24.463 Autoridad de cosa juzgada (quiroga).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: RÍOS, Alfonso. Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Ejecución de sentencia mediante aprobación de planilla practicada por perito, ejecución de reajustes previsionales (incluida actualización de la Prestación Básica Universal —PBU— y verificación de topes del artículo 9 de la ley 24.463 y artículos 9 y 25 de la ley 24.241). Decisión: La Cámara Federal de Rosario
- Sala A confirmó la sentencia de primera instancia: aprobó la planilla practicada en cuanto por derecho hubiere lugar, rechazó las impugnaciones de ANSeS relativas a la actualización de la PBU y a la liberación de topes, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios (30% de lo fijado en primera instancia). Revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 9 de la ley 24.463 conforme considerando 3.2.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes en lenguaje original del tribunal): "2.1.
- Así, sobre el agravio de la demandada que versa sobre la errónea actualización de la PBU, en virtud de que ello no correspondería atento que en marzo de 2009 ésta pasó a ser actualizable por ley, y la parte actora adquirió su beneficio con posterioridad, corresponde señalar que la sentencia que por medio de este proceso se ejecuta al respecto ordenó remitirse a la doctrina judicial sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Quiroga Carlos Alberto c/ ANSES s/ Reajustes Varios' CSJ 00068/2010 (46-Q)/CS1 DEL 11/11/2014., lo que se encuentra firme y pasado en autoridad de cosa juzgada." "2.2.
- Asimismo, cabe señalar que de la liquidación de deuda se observa que el índice elegido y la forma de corroborar si la merma que origina la falta de reajuste de dicho componente resulta confiscatoria, fue realizada conforme los parámetros establecidos por esta Sala 'A' en los autos Nº FRO 14267/2018 'DESIMONE, Juan Ramón' del 22/12/2020 y por la Sala 'B' en la causa FRO 19000/2017 'COLLOMB, Osvaldo' del 25/2/2021. En consecuencia, comprobado, en este proceso de ejecución, que los lineamientos seguidos por el perito se ajustan a lo resuelto por esta Sala y que la merma resultó confiscatoria, es que corresponde desestimar la queja." "3.1.
- ... el perito, para la actualización de las remuneraciones a valores históricos, las consideró sólo hasta las sumas efectivamente ingresadas al sistema y las multiplicó por el coeficiente correspondiente al período, es decir, no liberó el tope del artículo 25 de la ley 24.241, por lo que el planteo formulado carece de sustento." "3.2.
- ... el haber reajustado que le corresponde al actor no alcanza en ninguno de los períodos liquidados al haber máximo previsto en la normativa aplicable. En consecuencia, cabe rechazar el presente agravio." Votos: El Dr. Aníbal Pineda votó por el rechazo de las quejas de ANSeS y la confirmación de la sentencia de primera instancia; la Dra. Silvina María Andalaf Casiello adhirió "por coincidir en lo sustancial con la solución propuesta."

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